El juicio a los propietarios de Villa Rosa en Baiona acaba sin condenas

Los dueños de la discoteca y el representante, durante el juicio celebrado en junio del año pasado.
photo_camera Los dueños de la discoteca y el representante, durante el juicio celebrado en junio del año pasado.
El juzgado descarta como prueba las mediciones por “irregularidades y deficiencias” y exonera de los delitos contra el medio ambiente y lesiones a los acusados

Tras ocho años de conflicto, tres aplazamientos judiciales y una sentencia que se ha hecho esperar, los dueños de la discoteca de Baiona Villa Rosa han sido absueltos de los delitos contra el medio ambiente y lesiones por los que se enfrentaban a cuatro años de cárcel multa de 390.000 euros y el cierre, a consecuencia de los ruidos generados por su local entre los años 2014 y 2017 y las consecuencias denunciadas por un matrimonio vecino. 

 

 

La sentencia del Juzgado de lo Penal 3 de Vigo, que no es firme, considera que no ha quedado acreditado que las mediciones realizadas por la Policía Local en el establecimiento se ajustaran, en su realización, al procedimiento legal y reglamentario establecido. En concreto, considera que incurren en deficiencias e irregularidades que “nos impiden estimarlas hábiles para determinar sin ningún género de duda la infracción de la normativa”.  Señala que en la primera medición llevada a cabo por la Policía Local debería haber sido en el interior de la vivienda de los afectados y no en el exterior. 

También desvirtúa los niveles registrados en mediciones posteriores, la realizada en el ático del inmueble cuando en el exterior “había mucha aglomeración de personas” por la Fiesta de la Arribada. La sentencia afirma que sí quedó acreditado que los dueños no se mantuvieron impasibles al tener conocimiento de la incoación de un expediente sancionador por el Concello, sino que “llevaron a cabo diversas acciones, medidas y correcciones encaminadas a evitar los efectos” lo que a su juicio acredita la voluntad de los acusados de subsanar cualquier deficiencia o irregularidad y que, sostiene, fueron suficientes para el Ayuntamiento. 

Respecto a las lesiones de los denunciantes,  recoge como probado la sentencia que fueron asistidos en diversas ocasiones en los servicios de urgencia y reconocidos por la médico forense, presentando, trastorno adaptativo secundario a situación estresante, restándoles como secuela trastorno neurótico. Sin embargo, “no ha quedado acreditado que dichos trastornos guarden relación causal con la actividad desarrollada por el Villa Rosa. De igual forma tampoco entiende probado que las notificaciones de las resoluciones del Concello  ordenando la suspensión de la actividad fueran notificadas personalmente a los acusados, ni que se efectuaran con los requerimientos y apercibimientos pertinentes.

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