Reenviar pantallazos de otros por WhatsApp, práctica ilegal

Una persona utilizando la red social WhatsApp en su teléfono móvil.
photo_camera Una persona utilizando la red social WhatsApp en su teléfono móvil.
Los expertos recuerdan todo lo que no se debe hacer en la red social a propósito de su 13 aniversario

Compartir fotos, reenviar pantallazos de conversaciones ajenas o incluir a alguien en un grupo de WhatsApp sin permiso son comportamientos ilegales, según recordaron expertos de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) con motivo de la celebración ayer del 13 aniversario de WhatsApp. Los expertos recuerdan que la Ley de Protección de Datos también se aplica a los mensajes de WhatsApp y que su infracción puede ser denunciada, aunque admiten que son miles de usuarios los que desconocen estas infracciones y son habituales el reenvío de fotos o conversaciones sin permiso.

La red social WhatsApp la creó el 24 de febrero de 2009 el ucraniano nacionalizado estadounidense Jan Koum y actualmente cuenta con más de 2.000 millones de usuarios en todo el mundo, de los que unos 32 millones corresponden a España, donde un 84% de sus usuarios afirman que se comunican por esta red social varias veces al día.

Según la UOC, se estima que actualmente se envían más de 100.000 millones de mensajes al día por WhatsApp, muchos de los cuales incumplen leyes como la de Protección de Datos o la de Propiedad Intelectual. Según el profesor de Derecho y Política de la UOC Eduard Blasi, experto en protección de datos, cometemos un delito o una infracción cuando se envían capturas de pantalla de otra persona sin su consentimiento, especialmente grave si se difunden datos de forma abierta o a un elevado número de destinatarios. “En las capturas de pantalla se visualizan conversaciones que pueden identificar directa o indirectamente a una persona, lo que podría conllevar una infracción de protección de datos”, según Blasi.La normativa se aplica no sólo a los datos identificativos, como nombre y apellidos, DNI o número de teléfono, también a datos identificables, es decir, a aquellos que permiten saber quién está detrás.

Difundir audios y vídeos sin previo aviso es delito

Es delito difundir imágenes, audios o vídeos de una tercera persona sin su consentimiento y de hecho la Agencia Española de Protección de Datos puso sanciones a particulares por difundir contenido audiovisual de terceras personas sin su permiso. En los casos más graves, igual que sucede con las capturas de pantalla, si se difunden fotografías, vídeos o audios privados de terceras personas, se podría incurrir en un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Recientemente, recordó Blasi, la Agencia Española de Protección de datos impuso una sanción a un club deportivo que había creado un grupo de WhatsApp y había agregado a una exsocia sin previo aviso.

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