El subsidio del paro se podrá compatibilizar con un trabajo

Foto de familia de los asistentes a la firma de un acuerdo de diálogo social.
photo_camera Foto de familia de los asistentes a la firma de un acuerdo de diálogo social.
La ayuda será de 570 euros al mes durante los 6 primeros meses y pasará a 540 los 6 siguientes

La reforma del subsidio por desempleo por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los líderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, contempla un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, actualmente de 480 euros al mes; amplía el colectivo de beneficiarios, y permitirá compatibilizar con un salario tanto el subsidio como la prestación contributiva de desempleo, entre otras medidas.

Esta reforma, que entrará en vigor con carácter general en noviembre de este año, incorpora algunas novedades respecto a la que tumbó en enero el Congreso con los votos de PP, Vox y Podemos, como las referidas a la compatibilidad de las ayudas por desempleo con un puesto de trabajo. En el caso del subsidio, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía. En el caso de la prestación contributiva se podrá compatibilizar con un salario también durante 180 días a partir de llevar un año en desempleo, pero con ciertos límites.

Esta medida, que no estaba recogida en la anterior reforma, persigue evitar que el paro “se enquiste”, pues a partir del año es cuando empiezan a existir “grandes problemas de inserción”. De este modo, la compatibilidad de la prestación contributiva con un empleo se configura como “una fórmula especial de protección a los parados de larga duración”, en palabras del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.

Este nuevo régimen de compatibilidades irá acompañado del establecimiento de mecanismos de control a través de la firma de un convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Inspección de Trabajo para determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena que deban ser objeto de actuaciones inspectoras, todo ello para evitar el fraude en la obtención y disfrute de las prestaciones.

La nueva reforma mantiene la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día. Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.

Sin la firma de CEOE 

La reforma, que no ha sido firmada por CEOE y Cepyme, mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).

Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes. Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

Te puede interesar