El TSXG exime al Concello de Vigo de pagar 1,9 millones a la promotora del concierto de Guns N’ Roses
Sentencia
El alto tribunal gallego revoca la condena impuesta por un juzgado vigués y avala que el proceso de licitación fuera declarado desierto por falta de capacidad acreditada de la empresa
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha revocado la sentencia que condenaba al Concello de Vigo a abonar 1.563.000 euros, más IVA e intereses, a la promotora Sweet Nocturna por el concierto que Guns N’ Roses ofreció en el estadio municipal de Balaídos en junio de 2023.
La decisión llega tras estimar el recurso de apelación interpuesto por el Concello contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo.
La Sala avala la exclusión de la promotora
El alto tribunal gallego concluye que el acuerdo municipal que inadmitió como licitadora a la empresa promotora fue “motivado (no arbitrario) y ajustado a los pliegos”, los cuales fueron aceptados sin objeciones por la propia Sweet Nocturna al presentar su oferta.
La tramitación del expediente, añade el fallo, “no pasó de la apertura del sobre A”, y la Mesa de Contratación determinó que la única ofertante no había demostrado capacidad para licitar al no cumplir las exigencias del pliego.
Por ello, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG declaran conforme a derecho el acuerdo que declaró desierto el procedimiento de licitación. “Si la única ofertante fue debidamente excluida —señalan— la única declaración posible era la de expediente desierto”.
Falta de impugnación de los pliegos
El tribunal incide en que la promotora no impugnó los pliegos ni solicitó aclaraciones pese a tener oportunidad de hacerlo. De esta forma, permitió que el contenido del expediente ganase firmeza jurídica.
Incluso asumiendo cierta “descoordinación entre los departamentos municipales”, los jueces sostienen que la aceptación expresa de los pliegos por parte de la empresa “impide alcanzar la solución de la sentencia de instancia”, que condenaba al Concello al pago.
Reacciones de la oposición
Los grupos municipales de la oposición, PP y BNG, señalaron que la sentencia del TSXG confirma que se produjeron negociaciones entre Ayuntamiento y empresa al margen del procedimiento del concurso de patrocinio. Así, el PP indicó que el fallo “no niega las irregularidades del gobierno local que se ponen de manifiesto en la sentencia” y el BNG advirtió de que la resolución del alto tribunal gallego “no contradice la existencia de prácticas irregulares en materia de contratación pública”.
Sin contrato y sin derecho a indemnización
La Sala también destaca que “los tratos previos a la contratación no vinculan a la Administración” y que la licitadora no puede alegar vulneración de los principios de buena fe o confianza legítima. Según el fallo, para invocar estos principios, la parte reclamante debe haber actuado también con buena fe, algo que el tribunal considera que no ocurrió en este caso.
Asimismo, el TSXG declara conforme a Derecho el segundo de los acuerdos impugnados, fechado en agosto de 2023, mediante el cual el Concello negó el pago reclamado por Sweet Nocturna ante la “inexistencia de contrato”.
La sentencia no es firme, ya que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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