El voto de los no residentes y sus efectos

Publicado: 19 sep 2026 - 01:07
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Se imaginan unas elecciones locales en las que los vecinos habitantes del lugar sean menos que los electores con derecho a voto que residan en el extranjero? En Galicia ya se pueden poner ejemplos de este caso. O sea, que personas que no viven y no han vivido en el lugar pueden decidir el futuro de la localidad sin conocer su realidad, sus problemas, sus necesidades. Con razón, alguien tan poco sospechoso de ir contra el Gobierno como José Borrell ha hecho unas manifestaciones en las que simplemente propone que se matice la aplicación del derecho al voto de los residentes en el extranjero, sin vinculación real con la realidad de las circunscripciones a las que se han añadido. Pone el ejemplo de otros países como Alemania, donde existen mecanismos que regulan adecuadamente los casos de los no residentes.

¿Cómo asignar electores potenciales a nuevos municipios que no existían en el periodo marcado para reconocer el derecho a la nacionalidad y el derecho al voto en función de la peripecia de sus antepasados? Porque resulta que en la evolución de la organización territorial del Estado ha habido desgajamientos y fusiones diversas. En este sentido, la asignación de los nuevos votantes no puede ser aleatoria y caprichosa. ¿Y cuál es el efecto si, según el informe de la oficina del censo los nacionalizados pueden elegir inscribirse en el municipio que les apetezca? No hay inscripciones de oficio. La Junta Electoral reclamó información del procedimiento tras las acusaciones de intento de “pucherazo”, mediante maniobras sospechosas. La Junta Electoral asevera que es el elector quien decide en qué circunscripción quiere quedar inscrito en el censo de residentes ausentes (CERA). Así lo expone el órgano encargado de la formación del censo en un informe a la Junta Electoral Central (JEC) sobre cómo se determina el municipio de inscripción a efectos electorales, como parte del procedimiento que, entre otras razones, ha provocado la suspensión cautelar del proceso por el Supremo.

La Oficina del Censo admite que no verifica el arraigo de los acogidos a la 'ley de nietos' con la circunscripción que eligen. Un informe indica que solo hace un "examen formal" de las declaraciones de los nuevos electores y afirma que "en la práctica" no hay inscripciones de oficio. Pero vale la pena detenerse en analizar las palabras del ex jefe de la diplomacia europea que siempre ha sido una persona reflexiva que cuida y mide lo que dice. Entrevistado en el programa “La noche en 24 horas” hablo con sentido de la medida pese a que el presentador de este programa, como tiene por costumbre en cualquier tema, trataba de justificar las decisiones del Gobierno. Y mientras Borrell ha sido comedido, otros miembros de su partido, como el propio Bolaños, ministro de Justicia, y sobre todo Oscar López están desatados. En ese sentido, la medida precautoria del Supremo, este último dice que es "salvajada" y de "atropello democrático.

Borrell ha matizado la relación consecuente entre nacionalidad y derecho al voto. Se ha referido al concepto de nacionales no residentes y citó expresamente a Alemania. Y como ocurría antes aquí con el llamado voto rogado, los ciudadanos con nacionalidad alemana, pero que residen en el extranjero, tienen que registrarse para votar. Además, un residente en el extranjero debe haber vivido por lo menos tres meses de modo consecutivo en un municipio alemán a partir de los 14 años. Pero hay otros casos. Existen restricciones en cuanto al voto de ciudadanos no residentes en el territorio nacional el Irlanda. Israel vincula el derecho al voto a vivir en su territorio, con las excepciones para diplomáticos y personal con destino oficial en el exterior. Dinamarca o Malta establecen restricciones para el voto desde el exterior, basándose en el principio de residencia habitual. Vivir fuera del país tampoco permite el voto en los casos de Nicaragua, Cuba o Uruguay. En Canadá o el Reino Unido, pese a su flexibilidad en ese sentido, exigen que el que reside fuera del territorio nacional haya vivido en el mismo en algún momento de su vida, tras eliminar los plazos concretos antes exigidos, que eran de varios años.

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