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El tribunal anula pruebas principales contra Louzán por su local en Navia

Louzán, expresidente de la Diputación.
photo_camera Louzán, expresidente de la Diputación.

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha estimado los recursos de apelación presentados por el expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán, y su mujer, María Teresa C.F. contra el auto de la Sección Cuarta de la Audiencia que decretó la continuación del procedimiento judicial sobre el caso de los supuestos sobreprecios por alquileres en un bajo de su propiedad en Navia en el que están investigados manteniendo los hechos recogidos en el auto de apertura de juicio oral.
El TSXG declaró que no cabe admitir como pruebas a practicar en el acto del juicio "todas aquellas que tengan su origen en las diligencias de investigación llevadas a cabo por el Ministerio Fiscal y las que de éstas se deriven", entre las que señala los informes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los elaborados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. "No cabe duda alguna de que lo que llevó a cabo la Fiscalía fue una investigación prospectiva apoyada en un anónimo cuya objetiva verosimilitud en todo su contenido era de difícil apreciación", indica el tribunal, que considera que no es "aventurado afirmar" que se produjo "una vulneración del derecho a la intimidad" de Louzán. El tribunal gallego desestimó el recurso interpuesto por el exdiputado provincial Severino R.V., investigado en el mismo caso. Asegura que las cuestiones que plantea no son de índole procesal, por lo que su determinación "debe quedar fijada tras el desarrollo del juicio y en la sentencia que recaiga". El auto es firme y sin recurso. 

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