El fiscal recurre para ajustar las multas del alijo del ‘Karar’

El Ministerio Público no cuestiona la condena pero sostiene que hubo un error de cálculo que elevó las sanciones

Publicado: 25 mar 2026 - 13:06 Actualizado: 25 mar 2026 - 20:26
Los 26 procesados por la cocaína del ‘Karar’ fueron condenados a penas de entre 2 y 13 años.
Los 26 procesados por la cocaína del ‘Karar’ fueron condenados a penas de entre 2 y 13 años. | Atlántico

La Fiscalía ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de la sección quinta de la Audiencia en Vigo, que condenó a 26 personas por el alijo de cocaína del buque ‘MV Karar’, entre ellas al arousano Juan Carlos Santórum y varias personas de su entorno. El recurso tiene como finalidad ajustar la cuantía de las multas impuestas, así como la pena de prisión aplicada a uno de los procesados, aunque no cuestiona ni los hechos probados ni la responsabilidad penal de los implicados.

Según informaron fuentes del ministerio público, con el recurso pretende "corregir errores en la imposición de multas", porque la sentencia no calcula correctamente el importe. Al respecto, la Fiscalía expone que esas multas no pueden bajar de 146,3 millones de euros, pero tampoco pueden ser superiores a 438,9 millones, y que, en todo caso, no pueden imponerse multas superiores a las solicitadas por las acusaciones, por lo que no podrían subir de los 400 millones de euros, mientras que la Audiencia impuso sanciones económicas de 721 millones de euros.

Por todo ello, solicita que las multas sean ajustadas a los límites legales y propone, en la mayoría de casos, la imposición de dos multas: una de 400 millones de euros y otra equivalente al valor de la droga intervenida. Todo ello con base en la doctrina consolidada del Tribunal Supremo sobre la proporcionalidad de este tipo de pena.

Con respecto a las penas de prisión, aunque la Fiscalía no las recurre con carácter general, ya que su fijación "entra dentro del margen de discrecionalidad del tribunal sentenciador", sí impugna la condena en el caso de uno de los procesados, al apreciar un error de cálculo.

Se trata de la pena impuesta Sergio F.O., uno de los condenados por el delito de tráfico de drogas en concurso con un delito de contrabando de género prohibido (y por pertenencia a grupo criminal), una pena que la Audiencia estableció en 9 años y un día de prisión. Según señala la Fiscalía, la pena mínima legal "ha de ser de 9 años y seis meses" de cárcel.

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