Familias de las víctimas del bus del Lérez recurren el archivo

Accidente del Lérez

Abogados de fallecidos en el accidente ocurrido en Cerdedo-Cotobade en un trayecto hacia Vigo, contra la decisión judicial de eximir penalmente al conductor

Publicado: 16 jun 2024 - 06:30 Actualizado: 16 jun 2024 - 09:06

El autobús perdió el control y acabó precipitándose al río Lérez falleciendo siete personas.
El autobús perdió el control y acabó precipitándose al río Lérez falleciendo siete personas.

La causa penal por siete homicidios imprudentes contra el conductor del autobús que se precipitó al río Lérez en la Nochebuena de 2022 cuando hacía el trayecto Lugo-Vigo no se ha zanjado definitivamente. Las familias de varios de los fallecidos en el trágico accidente ya han presentado recurso contra el auto del Juzgado de Instrucción 1 de Pontevedra que acordaba el sobreseimiento libre de la investigación judicial sobre el chófer, al entender que no había indicios de la posible comisión de una imprudenciagrave o menos grave en su actuación aquel día.

Los recursos se basan en el informe del equipo de expertos de la Guardia Civil que apuntaba directamente a un exceso de velocidad como causa inmediata del siniestro, oponiéndose a la lectura que realiza el juzgado.

La instructora resaltaba en su auto que dicho informe “no se puede establecer a qué velocidad circulaba el autobús en el momento del siniestro, pero sí se sabe que 860 metros antes, su velocidad era de 90 kilómetros por hora y, que desde la última parada hasta el kilómetro 66 de la N-541 (donde tuvo lugar el accidente), el conductor varió la velocidad en algunos tramos de dicho recorrido”. Es decir, -sostiene el auto- “si no se sabe a qué velocidad circulaba en el momento del siniestro, pero sí se sabe que la velocidad media del trayecto era de 66 km/h, no se entiende por qué se afirma rotundamente que el conductor no había adecuado la velocidad de su vehículo cuando las condiciones meteorológicas y del firme eran muy adversas si lo había hecho antes”. Asimismo mostraba su sorpresa en la preponderancia de la velocidad respecto a otros condicionantes lo que hubiera llevado al autobús a tener un accidente el día anterior cuando sí circulaba a 91 kilómetros por hora. Las partes que representan a los fallecidos consideran no obstante que ese factor fue clave en el siniestro, un accidente que derivó en la unión de los concellos de esa carretera para solicitar la mejora de la vía.

El auto, ahora recurrido, concluía con un archivo libre, poco frecuente, frente al provisional, al considerar que no existen indicios de delito.

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