El juzgado archiva la causa penal contra el conductor del bus del Lérez
Accidente del Lérez
La jueza exime al chófer del siniestro con siete víctimas mortales frente a la vía y la lluvia al considerar que no cometió ninguna imprudencia ni infracción ni conducta peligrosa
“El conductor del autobús ha desarrollado su conducción sin que se haya acreditado mínimamente que haya superado el límite de velocidad establecido; su conducta no puede tacharse de peligrosa; no consta cometida ninguna infracción de las normas de tráfico, ni siquiera la de velocidad y, por lo tanto, no es posible establecer una relación de causalidad objetiva entre el resultado y su conducción”. La jueza de Instrucción 1 de Pontevedra ha sido rotunda a la hora de acordar el archivo libre de la causa abierta por siete homicidios imprudentes contra el chófer del autobús de la línea Lugo-Vigo que el 24 de diciembre de 2022 se precipitó al Lérez a la altura de Cerdedo-Cotobade causando siete víctimas mortales y dos heridos.
En el auto, notificado ayer, exime de culpa al vigués Carlos Monzón del siniestro frente a otros factores como el estado de la vía y la climatología adversa al no existir “indicio alguno de imprudencia grave ni imprudencia menos grave” en la actuación del chófer. Lo hace, discrepando de las conclusiones del informe pericial del equipo de expertos de la Guardia Civil, después de todas las diligencias practicadas en el juzgado durante casi un año y medio.
Dicho informe concluía que el “desarrollo dinámico del siniestro vial aconteció en un escenario en el que adquieren especial protagonismo los factores de climatología, vía y velocidad del autobús y de estos, únicamente la velocidad del vehículo, relacionada con el factor humano, es considerada como factor inmediato, principal o eficiente en la producción del siniestro vial al considerar que tiene relación directa con la potencial pérdida de adherencia en el eje motriz del autobús y/o la inestabilidad” .
Sin embargo, la jueza llega a una conclusión diferente. Resalta que tal y como se expone en el estudio de los peritos “no se puede establecer a qué velocidad circulaba el autobús en el momento del siniestro, pero sí se sabe que 860 metros antes, su velocidad era de 90 kilómetros por hora y, que desde la última parada hasta el kilómetro 66 de la N-541 (donde tuvo lugar el accidente), el conductor varió la velocidad en algunos tramos de dicho recorrido”. Es decir, -sostiene el auto- “si no se sabe a qué velocidad circulaba en el momento del siniestro, pero sí se sabe que la velocidad media del trayecto era de 66 km/h, no se entiende por qué se afirma rotundamente que el conductor no había adecuado la velocidad de su vehículo cuando las condiciones meteorológicas y del firme eran muy adversas si lo había hecho antes”.
En su conclusión, el auto judicial muestra su sorpresa con las conclusiones de los peritos de la Guardia Civil respecto a la preponderancia de la supuesta velocidad respecto al resto de condicionantes, e incide en que “si la causa eficiente del siniestro fue únicamente la velocidad del vehículo, sorprende que el día anterior en el que la velocidad del conductor era de 91 km/h no se hubiese producido un accidente” teniendo en cuenta que según el informe “la climatología y la vía tuvieron protagonismo, pero no como para ser la causa del accidente”. Tampoco ve comprensible la jueza que se llegue a dicha conclusión teniendo en cuenta que el tramo en cuestión “fue objeto de propuesta de mejora por el Ministerio desde un análisis de diagnóstico de seguridad, indicando que el punto kilómetro es conflictivo porque su visibilidad deficiente y claramente mejorable”.
“Es un profesional con una trayectoria intachable que ha sufrido muchísimo”
Carlos Monzón, de 63 años, lleva toda la vida como conductor. El accidente trágico de la Nochebuena de 2022 fue el peor trago de su carrera, por el que se vio muy afectado. La noticia del archivo libre, aunque todavía no es firme, fue recibida con gran “emoción" porque “él siempre ha sido un trabajador intachable”, explicaba ayer su abogado, Manuel Carpintero. El letrado aseguraba que “siempre estuvimos convencidos de que no había tenido responsabilidad alguna en el siniestro, de hecho, él trató por todos los medios de salvar la vida a los pasajeros”. Sí reconoce que “nos preocupó el trato político en los medios y la imagen pública de este trabajador que ya ha sufrido muchísimo no solo por haber estado investigado sino por el accidente en sí”.
Carpintero incidía en que “los informes eran claros respecto al estado de la carretera y la situación climatológica de esa noche” y afirmaba que su cliente “todavía quiere ser prudente hasta que la resolución de la jueza sea firme”.
El auto todavía podría ser recurrido, aunque la única superviviente defendió desde el principio la actuación del chófer, con el que, en una entrevista en este periódico daba las gracias por haberla ayudado. En la causa también está personada la Asociación Empresarial de Transportes de Viajeros por Carretera de Galicia que ponía en duda la flota de Monbus y llegaba a solicitar que declarara como investigado el responsable de esta empresa, si bien el procedimiento solo se había abierto contra el conductor.
Ahora, este chófer, que está muy cerca de jubilarse, solo espera que acabe definitivamente esta pesadilla.
La relevancia del testimonio de la superviviente
Además del informe pericial sobre el accidente, el auto judicial que decreta el archivo libre (es decir, porque no hay indicios de delito) tiene muy en cuenta el testimonio de la única superviviente. Rosario, de Ponteareas, volvía a Vigo en un viaje en el que acompañaba a una amiga, una de las víctimas. Ella declaró que durante el trayecto el autobús iba circulando normal, a una velocidad constante. Consideraba que el conductor circulaba correctamente y que, para ella, “al coger las curvas no iba rápido, iba despacio y a menos velocidad que en la recta”.
Lo relevante de esta declaración es, para la jueza es que, “viene a corroborar la inexistencia de indicios fundados de que el conductor circulaba a una velocidad tal, que pueda tacharse de imprudente. Es una declaración, lógicamente, basada en su percepción de pasajera, pero no está en contradicción con el informe técnico”, sostiene el auto.
Respecto al estado del vehículo, solo hace referencia al informe de los peritos que sostenía que tenía la ITV de forma correcta, con buen estado de los neumáticos y con sistemas de seguridad, así como que la deformación del autobús tuvo su origen en el impacto antes de la caída.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último