Los dueños de pisos turísticos de Vigo reclaman mantener su estatus actual

Vivienda

Reconocen su temor a que con la nueva sentencia del Tribunal Supremo se busquen anulaciones retroactivas de viviendas vacacionales en los edificios

JTA

Publicado: 09 oct 2024 - 06:25 Actualizado: 09 oct 2024 - 09:50

Una vivienda turística en el centro de Vigo, cada vez más habituales en el paisaje urbano.
Una vivienda turística en el centro de Vigo, cada vez más habituales en el paisaje urbano.

Los titulares de viviendas de uso turístico (VUT) advierten contra la posible intención de que la reciente sentencia del Tribunal Supremo que permite vetar las VUT en las comunidades de propietarios por mayoría tenga efectos retroactivos. Así lo señaló Dulcinea Aguín, presidenta de la asociación gallega que reúne a este tipo de alojamiento (Aviturga), quien reconoció la “preocupación” por el fallo del Supremo y su aplicación “porque tenemos derechos adquiridos que no se pueden pisotear”. De hecho, Aguín adelantó que la batalla judicial es probable que no vaya a terminar ante el Tribunal Supremo y continúe con una demanda en Europa todavía por concretar.

El alto tribunal avaló que las comunidades de propietarios prohíban por mayoría de 3/5 los alquileres turísticos, descartando así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias provinciales. Esta decisión ha sido muy bien acogida por la asociación de gestores de fincas, que señaló que servirá para limitar de forma muy importante la proliferación de las VUT “que en la mayoría de las comunidades de propietarios de edificios no las quieren, porque provocan mucho ruido y no saben quiénes están de inquilinos”.

En Vigo hay unas 2.000 viviendas de uso turístico, alcanzando ya la mayor cifra de la serie histórica, con alrededor de 9.000 plazas disponibles, frente a unas 5.500 de los hoteles, en una diferencia que sigue creciendo. Es el segundo ayuntamiento donde más hay autorizadas, solo por detrás de Sanxenxo, que pese a su menor población cuenta con 15.000 alojamientos en régimen de VUT, sobre todo en verano. Aviturga reconoce que las posibilidades de crecer son ya escasas.

Como ya señaló este diario, el TS por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019. Dicho precepto establece que "el acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad (...) requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación". Como razonamiento adicional la Sala de lo Civil señala que, de no admitirse esta doble mayoría de tres quintos, bastaría el voto en contra del propietario del piso en el que se pretende ejercer la actividad para impedir la adopción del acuerdo.

Contenido patrocinado

stats