Los vecinos tendrán más fácil la prohibición de pisos turísticos: en Vigo hay 2.000

Vivienda

El Supremo sentencia que las comunidades de propietarios podrán vetarlos por mayoría de tres quintos sin que sea necesaria la unanimidad de los vecinos. Las viviendas turísticas de Vigo examinan el fallo, que aprueban los gestores de fincas: “la mayoría de comunidades de vecinos no las quieren, creen que son problemáticas”

Publicado: 08 oct 2024 - 06:15 Actualizado: 08 oct 2024 - 16:09

Una imagen clásica del verano, con visitantes en busca de una de las miles de viviendas de uso turístico.
Una imagen clásica del verano, con visitantes en busca de una de las miles de viviendas de uso turístico.

El Tribunal Supremo ha avalado que las comunidades de propietarios prohíban por mayoría de 3/5 los alquileres turísticos (conocidas como VUT), descartando así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias provinciales, lo que supondrá un cambio radical que afectará a la ahora de prohibir o limitar esta modalidad de alojamiento en alza. Vigo es la ciudad gallega que cuenta con mayor número de VUT, repartidas por toda la ciudad. En el último registro, habría casi 2.000 (1.906 hasta septiembre), con capacidad para más de 9.000 personas, frente a las 5.500 plazas hoteleras, que se quedan muy por detrás. En Vigo no está limitado la implantación de viviendas turísticas y es probable que a partir de ahora su número caiga o al menos no crezca. En Galicia destacan las 15.476 plazas de Sanxenxo, el municipio número 1, seguido de Vigo. A Coruña tendría capacidad para 6.640 personas en sus VUT.

El Pleno de la Sala de lo Civil dictó, por unanimidad, dos sentencias en las que por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019. Dicho precepto establece que "el acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad (...) requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación". Estas dos sentencias resuelven la controversia entre las audiencias provinciales, evidenciada en los dos asuntos sobre los que ahora falla el TS y que resolvieron en sentido opuesto, sobre si la prohibición de los alquileres turísticos debe acordarse por esa mayoría cualificada o por unanimidad.

La Sala Primera parte de su jurisprudencia en la que declara lícita la prohibición estatutaria de alquiler de viviendas para uso turístico, al tiempo que recuerda que la prohibición de uso de los elementos privativos en el régimen de la propiedad horizontal es legítima y conforme con la Constitución.

El Supremo interpreta la expresión "limite o condicione" que contiene el artículo 17.12 LPH rechazando que se trate de un supuesto de interpretación de una norma estatutaria bajo condicionantes restrictivos. Así, concluye que el término "limitar" no excluye la prohibición. "Esa conclusión se ve confirmada atendiendo al criterio teleológico, el espíritu y finalidad del RDL 7/2019, que se expresa en su preámbulo que justifica la adopción de medidas urgentes en las dificultades de acceso a la vivienda de alquiler por el incremento de las rentas debido, entre otros factores, al fenómeno creciente del alquiler turístico", indica la Sala Primera en una nota. Los magistrados consideran, además, que "la atribución de esta facultad de prohibición con la mayoría reforzada es una medida proporcionada a los intereses en conflicto". Como razonamiento adicional la Sala señala que, de no admitirse esta doble mayoría de tres quintos, bastaría el voto en contra del propietario del piso en el que se pretende ejercer la actividad para impedir la adopción del acuerdo.

La asociación de VUT estudia el impacto y la de fincas se felicita

Desde la asociación de viviendas turísticas de Galicia estaban a la espera de conocer el impacto real de esta medida y su aplicación vía jurisprudencia. Su presidenta, Dulcinea Aguín, se mostró prudente. Por su parte, Samuel Soto, de la asociación de gestores de fincas, se felicitó. “La mayor parte de los propietarios no quieren que haya pisos turísticos en las comunidades. Procuran rechazarlos y así es más fácil”. Destacó que se pide bastante en las juntas la prohibición y en la mayor parte de los edificios suele salir adelante. “Con esta jurisprudencia es más fácil. Aclara la ley y queda más clarificado cómo hay que hacerlo. Se necesita la mayoría de tres quintos y nada más. Antes no estaba muy claro, no se sabía si se podía prohibir. La mayor parte no quiere VUT: son problemáticas, con ruidos y gente desconocida”, señala.

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