Antonio Casado
Maldito año viejo
Ya el egipcio Samir Khalil Samir, erudito islámico, orientalista y teólogo, profesor en el Pontificio Instituto Oriental (Roma), en el Centro Sèvres (París), en la Universidad de San José (Beirut) y profesor visitante en numerosas instituciones académicas lo viene advirtiendo: Occidente se enfrenta a un gravísimo problema en cuanto al aprovechamiento que hace el Islam de sus valores y principios en la lenta, pero extensiva y eficaz instalación de los suyos. Y en ese mismo sentido el prestigioso sociólogo Giovanni Sartori advirtió de que es absolutamente quimérico que los islamistas se integren en la sociedad occidental. Porque todo islamista sabe que por principio de su religión debe ponerse al servicio de su dominio total del lugar donde se asiente. Curiosa paradoja que, en el lugar de procedencia, o sea, Arabia, sea un delito cualquier manifestación pública o privada de cualquier otra creencia que no sea la que tiene por centro a la Meca.
En Europa, aparte de los intentos de incorporar la sharia a la vida social y personal de los islamistas, hay dos ámbitos donde ese choque es más evidente: la práctica funeraria, según las normas de policía sanitaria occidental y el sacrificio ritual de animales. Curioso por cierto que los mismos que consideran maltrato animal dejar atado a un perro a las puertas de un supermercado, no se compadezcan del degüello de un cordero con abundante riego de sangre y les parezca bien que una instalación deportiva es un lugar adecuado para llevar a cabo esta práctica.
La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), a través del Código Sanitario para los Animales Terrestres, marcó las directrices sobre el sacrificio de animales y la matanza. Para reducir al mínimo el dolor y la angustia en el sacrificio se imponen requisitos concretos como el Reglamento (CE) nº 1099/2009, del Consejo, de 24 de septiembre de 2009. En España, esa disposición europea se desarrolló el Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza, que impone disposiciones específicas de aplicación en nuestro país en relación con la formación del personal, la matanza de emergencia fuera del matadero y para consumo doméstico privado y la comercialización de productos de equipamiento de sujeción y aturdimiento, entre otros asuntos.
El Real Decreto 695/2022, de 23 de agosto, establece las medidas para el control del trato a los animales en los mataderos mediante la instalación de sistemas de videovigilancia que permite la realización de controles adicionales a los que ya se efectúan en establecimientos autorizados. ¿Qué tiene que ver todo esto con el degüello público, como una fiesta, con la sangre corriendo, como lamentablemente se recuerda ocurrido en las ciudades de Ceuta o Melilla? El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, respalda la prohibición del sacrificio de animales según los ritos judío judío (kosher) y musulmán (halal), sin aturdimiento previo. Ambos ritos exigen que el animal esté intacto y sano en el momento del sacrificio y que muera por hemorragia. El fallo concluye que el veto está justificado por la protección del bienestar animal y no vulnera la libertad religiosa ni la prohibición de discriminación. La sentencia respondió la demanda de asociaciones judías y musulmanas de Bélgica contra sendos decretos de las regiones de Valonia y Flandes de 2017 y 2018 que prohíben el sacrificio de animales sin aturdimiento previo, prohibición que incluye los sacrificios prescritos por un rito religioso.
Estas asociaciones alegan que, al no permitir a los creyentes judíos y musulmanes obtener carne de animales sacrificados conforme a sus preceptos religiosos, se les impide que los creyentes practiquen su religión. Pero en nuestro caso, por lo que se ve, hasta la Conferencia Episcopal le parece bien que se permita la fiesta del cordero en un espacio público. Está comprobado que las autoridades españolas no hacen un seguimiento riguroso de la vulneración de estas normas pese a que se han producido diversas controversias con respecto a la reclamación del uso de espacios públicos para este tipo de celebraciones antes que el caso de Jumilla, como fue el de la plaza de toros de Algeciras (Cádiz) para celebrar la fiesta del cordero. El rito verdadero halal, por degüello es sin aturdimiento. Y eso forma parte esencial de la celebración de la fiesta. Que no quieran engañarnos.
Contenido patrocinado
También te puede interesar