El juez imputa a las hijas de Zapatero y a su secretaria en el 'caso Plus Ultra'

Caso Plus Ultra

El juez José Luis Calama considera que existen indicios suficientes para que Alba y Laura Rodríguez Zapatero comparezcan como investigadas por su vinculación con una sociedad bajo sospecha

Publicado: 18 jun 2026 - 13:38 Actualizado: 18 jun 2026 - 16:20
Una de las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero.
Una de las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. | EP

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado citar en calidad de investigadas a Alba Rodríguez Zapatero y Laura Rodríguez Zapatero, hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, así como a su secretaria, Gertrudis Alcázar, en el marco de la investigación sobre las presuntas irregularidades relacionadas con el rescate de la aerolínea Plus Ultra Líneas Aéreas.

La decisión se recoge en un auto dictado este jueves, en el que el magistrado pone las actuaciones en conocimiento de las tres para que puedan personarse en el procedimiento y ejercer su derecho de defensa. Por el momento, no se ha fijado fecha para sus declaraciones.

La Fiscalía pidió su citación como investigadas

La medida llega después de que la Fiscalía Anticorrupción solicitara que las tres comparecieran en calidad de investigadas y no como testigos.

En el caso de las hijas del expresidente, el juez destaca que ambas figuran como administradoras solidarias de la sociedad What The Fav, una empresa que, según la investigación, estaría vinculada de forma indiciaria al entramado que se analiza en la causa.

Según el auto, la sociedad habría desempeñado un papel instrumental en operaciones consideradas relevantes para los hechos investigados, circunstancia que sitúa a sus administradoras dentro del círculo de personas potencialmente afectadas por la investigación judicial.

Protección del derecho de defensa

El magistrado sostiene que la condición de investigadas es la más adecuada desde el punto de vista procesal, ya que permite garantizar plenamente sus derechos constitucionales.

Calama argumenta que citarlas como testigos podría comprometer su derecho a no declarar contra sí mismas, puesto que estarían obligadas a responder con veracidad sobre hechos que eventualmente podrían afectarles en el procedimiento.

Por ello, considera que existen indicios racionales suficientes derivados de su posición como responsables de la empresa para justificar su comparecencia en calidad de investigadas, sin que ello implique un juicio previo sobre su eventual responsabilidad penal.

El papel atribuido a la secretaria de Zapatero

Respecto a Gertrudis Alcázar, secretaria del expresidente, el juez recoge diversos indicios que apuntan a una presunta participación activa dentro de la estructura investigada.

La resolución la sitúa como una figura relevante en tareas de comunicación, coordinación y gestión documental relacionadas con la denominada "Finance Boutique", nombre con el que los investigadores identifican a la presunta red objeto de análisis.

Según el auto, Alcázar habría participado en la elaboración y formalización de documentación vinculada a operaciones económicas investigadas y habría recibido instrucciones para dar cobertura documental a determinados movimientos financieros.

La declaración de Zapatero

La decisión judicial se produce un día después de que Rodríguez Zapatero declarase como investigado en esta causa.

Durante su comparecencia, el expresidente defendió la actividad de la empresa gestionada por sus hijas y aseguró que desarrollaba trabajos reales de maquetación y diseño, descartando cualquier irregularidad en su funcionamiento o en los ingresos obtenidos por la sociedad.

La investigación continúa abierta para esclarecer las circunstancias que rodearon el rescate de Plus Ultra, una operación aprobada por el Gobierno durante la pandemia mediante la concesión de un préstamo de 53 millones de euros.

Por el momento, la imputación de las tres personas supone una fase inicial del procedimiento y no implica la existencia de una condena ni de responsabilidad penal acreditada, extremos que deberán determinarse a lo largo de la instrucción judicial.

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