Condena a Stellantis Vigo por mal interpretar el derecho de permiso retribuido por reposo domiciliario de familiares

Aunque el Estatuto de los Trabajadores establece cinco días para tareas de cuidado, la empresa limita la ausencia a un día cuando la prescripción médica no especifica la duración exacta

Publicado: 23 jul 2026 - 10:54 Actualizado: 23 jul 2026 - 11:15
El Imelga de Vigo, en la Cidade da Xustiza
El Imelga de Vigo, en la Cidade da Xustiza

El Juzgado de lo Social n.º 2 de Vigo ha fallado en contra de Stellantis por interpretar erróneamente el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece el derecho a cinco días de permiso retribuido en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de un familiar.

La sección sindical de la CIG explica que, hasta ahora, cuando se prescribía reposo domiciliario pero el médico no especificaba su duración, la empresa "decidía que el enfermo no requería más cuidados y concedía al trabajador —"como un favor"— un único día natural adicional de permiso, insistiendo en que no tenía derecho a más".

Según los representantes de la CIG, esto constituye una interpretación arbitraria que favorece los intereses de la dirección y contraviene la normativa.

Descuentos en nómina

Cuando varios trabajadores decidieron ejercer este derecho —tomando los cinco días de permiso retribuido para el cuidado de familiares, tal como reconoce el Estatuto de los Trabajadores (ET)—, "la dirección de Stellantis respondió descontando los días de ausencia de sus salarios, junto con la parte proporcional de las pagas extraordinarias".

Ante esta vulneración de sus derechos, los trabajadores afectados presentaron una reclamación a través del servicio jurídico de la CIG. En el primer caso, la empresa llegó a un acuerdo antes de la celebración del juicio, reconociendo que el trabajador tenía razón y que la documentación aportada justificaba el permiso retribuido; posteriormente, la compañía reintegró las cantidades descontadas.

En el segundo caso, la empresa se negó a llegar a un acuerdo y el juicio siguió su curso; la sentencia fue favorable al trabajador y ordenó a Stellantis abonar la cantidad descontada de la nómina más los intereses de demora.

Para la sección sindical de la CIG —que actualmente carece de representación en el comité de empresa— resulta sorprendente que la mayoría de los sindicatos que integran dicho comité no denunciaran estas prácticas de la dirección, las cuales "atentan contra los derechos de los trabajadores y podrían incluso poner en peligro la salud de sus familiares", ni instaran a la empresa a interpretar correctamente la normativa.

Además de esta restricción de derechos, la sección sindical de la CIG denuncia otros ejemplos de "voracidad empresarial", incluido un caso en el que a un trabajador se le descontaron días de salario por el tiempo dedicado a acompañar a un familiar hospitalizado. Tras interponer una demanda —nuevamente a través de la CIG—, "la empresa accedió a devolver el dinero justo a las puertas del juzgado".

La sección sindical de la CIG advierte que no tolerará tales abusos por parte de la dirección, señalando que, "en su afán por recortar costes, están incluso incumpliendo la ley". Asimismo, destaca que "los trabajadores de Stellantis podrán ahora disfrutar del permiso completo al que tienen derecho si lo necesitan".

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