¿Tienen derecho a votar los presos en las elecciones generales del 23J?

Así es cómo los presos pueden ejercen su derecho a voto para las Elecciones Generales del 23J. Te contamos los aspectos que deben tener en cuenta

Imagen de archivo de una cárcel. // EFE
Imagen de archivo de una cárcel. // EFE

Millones de personas están citadas a las urnas el próximo 23 de julio para elegir nuevo presidente en las elecciones generales. De entre todos los individuos que pueden cumplir con su derecho al sufragio se encuentran también los presos, aunque no todos pueden.

¿Qué dice la ley sobre los derechos de voto de los presos?

Los presos en cuya condena no incluya la privación del derecho al sufragio sí podrán votar el 23J. No obstante, cabe destacar que hasta 1995 no se permitía a ninguno de los internos y fue con la reforma del Código Penal de entonces cuando se les permitió. Sí tienen rotundamente prohibido presentarse como candidatos a las elecciones generales. Pese a todo, su derecho al voto no es como los demás, ya que no pueden salir del centro penitenciario para ejercerlo ni se constituyen mesas electorales dentro de las cárceles.

¿Cómo funciona el proceso de votación para los presos?

Los presos solo pueden votar por correo, aunque su procedimiento tiene particularidades y no es exactamente igual que el de un ciudadano al uso. Si un vecino cualquiera es el que tiene que solicitar el voto de forma presencial o telemática, en la cárcel son los directivos de los centros los que tienen que realizar la solicitud a Correos y llevar los formularios a los encarcelados.

Posteriormente, los presos tienen que presentar el DNI o el Documento de Identidad Menor en caso de no poseer el primero. Luego será la Oficina del Censo Electoral la que remitirá los sobres y las papeletas de las candidaturas. Por último, los criminales introducen su voto en el sobre cerrado y lo entregan a un funcionario de Correos, que lo llevará a la Mesa Electoral.

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