Una sentencia sobre un vigués ve discriminatoria la jubilación obligatoria
Tribunales
La sentencia del TSXG crea un procedente en la lucha contra la discriminación por edadismo al considerar que no hay "ninguna justificación objetiva y razonable" para obligarle a jubilarse
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) falló en contra de la Autoridad Portuaria y ordenó la readmisión de José Ramón Alonso Costas como secretario general al considerar que la jubilación obligatoria por razón de edad es discriminatoria. La sentencia del TSXG crea un procedente en la lucha contra la discriminación por edadismo. Los tres magistrados coinciden en el fallo sin que exista voto particular. “En definitiva, la extinción del contrato se halla exclusivamente vinculada a la edad del trabajador demandante, imponiendo una jubilación obligatoria a los 65 años y, después, prorrogada a los 67 años, en cualquier caso ligada a la edad del trabajador, impidiéndole permanecer en el mercado de trabajo, con una clara discriminación en relación con el resto de personal activo del mercado laboral, sin ofrecer ninguna justificación objetiva y razonable para ello, sin que pueda impedirlo", indica el fallo.
El tribunal gallego destaca que “ni siquiera se alega por la demandada, el hecho de que el convenio colectivo contenga también la misma causa extintiva para el personal dentro de convenio, pues el término de comparación no se produce entre el demandante y el resto de trabajadores de la misma entidad y, de ser así, el convenio sí contiene una justificación ligada a un objeto de política social, lo que no sucede en el caso del demandante”. Añade el TSXG que la discriminación por razón de edad producida en la extinción determina que la misma deba ser considerada un despido nulo, conforme establece el art. 55.1 del ET, lo que impone la obligación de readmisión a la entidad demandada.
El jefe de servicios jurídicos y secretario general del Puerto solicitó la continuidad en su puesto. La Autoridad Portuaria denegó dicha petición y ahora el TSXG obliga a que sea readmitido al estimar como despido nulo la jubilación obligatoria basada en la edad en contra de la voluntad del empleado.
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