La Audiencia entierra el accidente del Marisquiño sin responsables
El tribunal desestima el recurso de cinco afectados por el derrumbamiento del muelle en 2018 y confirma el archivo judicial al entender que no hay indicios contra los investigados
La sección quinta de la Audiencia en Vigo ha puesto punto y final al recorrido penal por posible negligencia en el accidente ocurrido en 2018 durante la celebración de O Marisquiño, en el que el derrumbamiento del muelle causó más de 400 heridos. En un auto, hecho público ayer, desestima el recurso de apelación contra el archivo dictado por el Juzgado de Instrucción 3 interpuesto contra cinco afectados y lo hace corroborando la inexistencia de indicios suficientes para atribuir a los investigados, técnicos municipales y del Puerto, alguna responsabilidad directa en la causa del siniestro.
El órgano instructor concluía en el auto recurrido que "no fue posible identificar un responsable penal concreto de la acción u omisión que causó el accidente" y la Audiencia confirma este argumento, zanjando la posibilidad de continuar con las actuaciones penales.
Los magistrados subrayan que "no se adjuntaron indicios que permitan atribuirles a los investigados responsabilidad alguna por incumplimiento del deber de vigilancia de la estructura", y añaden que la instrucción practicada no permite sostener la apertura de un juicio oral.
Esta decisión se produce después de que la propia Audiencia ordenase el pasado mes de abril reabrir la causa por el accidente de O Marisquiño al juzgado de instrucción para concretar posibles responsabilidades penales por parte de los investigados, tanto técnicos del Ayuntamiento como del Puerto de Vigo.
Sin embargo, tres meses después, el Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo volvió a decretar el sobreseimiento provisional de la causa, excluyendo de "responsabilidad penal" a ambas instituciones. En su auto de julio, el juzgado aseguró que se debe excluir de "responsabilidad penal" tanto al Ayuntamiento como a la Autoridad Portuaria, teniendo en cuenta que la autorización para celebrar el evento correspondió al gobierno local y la cesión de dicho espacio al Puerto. Para el Juzgado, no parece "debidamente justificada" la perpetración del delito por imprudencia que ha dado motivo a la formación de la causa, teniendo en cuenta, entre otras, dos sentencias del TSXG en el ámbito de lo contencioso administrativo que declaró la responsabilidad del Ayuntamiento en la falta de cuidado y mantenimiento de la estructura de hormigón donde se produjo el accidente. “No nos encontramos ante una responsabilidad objetiva de la administración por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, sino ante la vía penal que se caracteriza por determinar el concreto individuo responsable”, señalaba la jueza.
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