Condenan a 20 años de cárcel al asesino de la calle Zamora que mató a su vecina
La Audiencia se decantó por la petición última del Fiscal después de que el jurado viese ensañamiento y descartó la de la acusación
La Audiencia en Vigo condenó, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, a 20 años de cárcel a Pablo P., acusado de asesinar a su vecina a cuchilladas en octubre de 2022 en un edificio de la calle Zamora, decantándose así por la petición última del Fiscal, que elevó a 20 años tras concurrir ensañamiento y alevosía (la acusación particular pedía 25). En la sentencia que se hizo pública este martes, el apartado de hechos probados relata que ambos tenían “problemas de convivencia”.
El día de los hechos, según la resolución, se encontraron por casualidad en el exterior del inmueble. El condenado entró en el portal, volvió a salir inmediatamente y, tras decirle a la mujer “vete a la mierda”, subió a su apartamento. Poco más de media hora después, la víctima pasó por delante de la puerta del ya condenado y, cuando abría la puerta de su casa, “se le acercó por detrás con intención de causarle la muerte, portando un cuchillo rojo”.
El Tribunal del Jurado considera acreditada la existencia de alevosía, que sirve para cualificar el homicidio en asesinato, ya que subraya que el ataque con el arma blanca “se produjo estando la perjudicada de espaldas, de manera sorpresiva y repentina”, por lo que “nada pudo hacer por defenderse”.
La primera acometida, según el fallo, fue por la espalda. “Aún consciente de que estaban acabando con su vida, tuvo ocasión de entrar en casa, habiéndose apoyado en una pequeña mesa auxiliar de la habitación que hay al lado de la puerta. En ese momento, el acusado la atacó de nuevo y, con intención de rematarla, pero también de incrementar el sufrimiento de la víctima, le clavó el cuchillo en la mama izquierda de forma repetida”, indica el magistrado presidente en la resolución, en la que destaca que “la fuerza del ataque fue tal que el mango del cuchillo se rompió y la hoja quedó dentro del cuerpo de la víctima”.
Además, el dolo homicida quedó acreditado, según los miembros del Tribunal del Jurado, tanto por las manifestaciones del acusado como por la naturaleza del arma empleada, el número de puñaladas y las zonas del cuerpo a las que se dirigió. Por su parte, el ensañamiento fue el punto más discutido por el jurado, aunque finalmente concluyó que las últimas cuchilladas, innecesarias para matar a la víctima, tenían la intención de aumentar su dolor. El Tribunal del Jurado, por lo tanto, entiende que procede apreciar esta circunstancia. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último
Condado/Paradanta
El arte urbano cambia la estética del IES de Salvaterra
Elecciones en Extremadura
Cerca de 900.000 extremeños están llamados a las urnas
Fernando Ramos
La manipulación política de la denuncia contra Suárez