El acusado del crimen de la calle Zamora, culpable de asesinato con ensañamiento y alevosía
El tribunal popular supera por primera vez la tesis de la Fiscalía, que solo hallaba probada la alevosía, y considera que Pablo Posada causó un sufrimiento inhumano a la víctima
Las pruebas desplegadas durante el juicio con jurado celebrado en la Audiencia en apenas dos sesiones fueron suficientes para que el tribunal popular tuviera claro su veredicto. Los ocho hombres y una mujer encargados de juzgar a Pablo Posada por el crimen de su vecina en un edificio de la calle Zamora en octubre de 2022, emplearon poco más de seis horas (tiempo récord) en ponerse de acuerdo y lo hicieron de forma implacable y demoledora.
Por unanimidad, consideraron al acusado culpable del asesinato a puñaladas de María Jesús Cruz, de 56 años, que cometió de forma “sorpresiva” sin dejar opción a la víctima a defenderse, lo que significa que no hubo fisuras al reconocer la alevosía. Pero, además, los miembros del tribunal, esta vez por mayoría (7 a 2) también entendieron que en dicho ataque hubo ensañamiento, es decir que Pablo Posada causó un sufrimiento innecesario e inhumano a la víctima, una tesis que solo defendió la acusación particular, lo que convirtió el veredicto en inaudito por infrecuente, al ir más allá del relato del Ministerio Público.
El jurado se basó en la declaración del propio acusado, de la Policía y los testigos para atribuirle el asesinato. El informe forense sobre la primera puñalada en la espalda y el tiempo transcurrido desde que se topó con la víctima hasta que la atacó (38 minutos según las cámaras de seguridad) fueron la clave para entender que fue un ataque premeditado y alevoso.
Los resultados de la autopsia y la declaración de los forenses respaldarían, a juicio del tribunal popular, el hecho de que María Jesús estaba consciente cuando le asestó la tercera puñalada (con tres trayectorias distintas) que era innecesaria, pues la anterior ya era mortal.
Al mismo tiempo, el veredicto tumbó las pretensiones de la defensa: el acusado no sufrió ningún trastorno mental transitorio, ni grave ni leve en el momento de los hechos. Fueron unánimes los miembros del tribunal al entender que no se volvió loco (ni mucho, ni poco ni nada) cuando ella supuestamente “le mandó a la mierda”, como sostenía el acusado y que era consciente en todo momento de lo que hacía, tenía la intención de matar, tal y como referían los peritos psiquiatras que lo evaluaron.
Dada la gravedad de los hechos, también hubo unanimidad en rechazar que Pablo Posada pueda acogerse en un futuro a los beneficios de la libertad condicional así como a la petición al Gobierno de un indulto.
La fiscal eleva la pena a 20 años y la acusación mantiene los 25
Tras la lectura del veredicto en la macrosala de la Cidade da Xustiza, se llevó a cabo la vista para concretar la solicitud de penas atendiendo a la resolución del jurado. La Fiscalía, que pedía inicialmente 18 años de prisión por asesinato con alevosía, elevó la pena a los 20.
Según la representante del Ministerio Público, no llega al máximo de 25 años porque el acusado en todo momento se mostró colaborador y confesó el crimen. Por su parte, la acusación particular elevó a definitivas y dejó en 25 la solicitud de años de cárcel para Pablo Posada, tras conseguir los favores del jurado después de pelear con éxito que hubo ensañamiento.
En cuanto a las responsabilidades civiles, ambas partes mantuvieron las incluidas inicialmente. En el caso de la Fiscalía, pidió el pago de 30.000 euros para la hija de la víctima, 50.000 para cada progenitor y 20.000 a las hermanas de la asesinada. Mientras la acusación particular, que representa a la hija, solicitó 50.000 euros.
La defensa, por su parte, se opuso al pago de cualquier cantidad ya que aseguró que no se ha acreditado la dependencia económica de la hija sobre su madre, asegurando que no residían juntas y que ella tenía autonomía.
Ahora, tras el veredicto, solo queda que la Audiencia dicte sentencia acorde con la decisión del jurado e imponga la pena al acusado, que se situaría entre los 20 de mínimo y los 25 de máxima.
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