El Tribunal anula la licencia del aeródromo de Salceda
El juzgado de Instancia de Pontevedra admitió el recurso que presentó la Comunidad de Montes de Caldelas de Tui contra la construcción de esta infraestructura
El proyecto de construcción de un aeródromo en la parroquia de Entenza, en Salceda de Caselas, queda sin efecto al anular el Tribunal de Instancia de Pontevedra la autorización del Ayuntamiento para construirlo. El magistrado concluye que los trabajos para ejecutar la infraestructura en suelo rústico protegido no pueden ser calificados como obra menor. Advierte que el Ayuntamiento le concedió la habilitación urbanística “sin ninguna autorización ni informe favorable de la autoridad sectorial competente en materia aeroportuaria”. El recurso había sido interpuesto por la Comunidad de Montes Vecinales de Caldelas de Tui.
El proyecto preveía la ejecución de una pista de aterrizaje de 500 metros de largo por 15 de ancho, una plataforma de estacionamiento para aeronaves y un vial de acceso. El juez destaca que el ámbito afecto a la pista de aterrizaje, zona de aparcamiento y vial de acceso tiene unos 47.000 metros cuadrados de superficie. En la resolución, indica que lo que se pretende implantar “excede, con mucho, del concepto -restringido- de obras menores”, al tiempo que afirmó que “precisa, necesariamente, del título habilitante de la licencia urbanística”.
En el fallo también subraya que la sociedad promotora no instó la tramitación de la habilitación o autorización del nuevo uso de aeródromo. Así, señala que “los movimientos de tierras y demás obras no se realizan como mera infraestructura para el uso forestal preexistente”, sino que “se dirigen a implantar un nuevo uso, totalmente diferente, mediante la creación de una infraestructura destinada a fines aeroportuarios, es decir, a una actividad potencialmente molesta y peligrosa”.
Además, determina que, aunque elementos como los hangares, el depósito de combustible y equipos de salvamento y extinción de incendios se vayan a realizar en distintas fases, “sí deberían figurar todos ellos en el proyecto básico sometido a la autorización/habilitación inicial”. Recuerda que “la evaluación de incidencia ambiental debe realizarse sobre el conjunto de la infraestructura, al igual que los informes sectoriales preceptivos”. Por ello, el magistrado señala que “fragmentar el proyecto en distintas piezas que se van autorizando escalonadamente como obras menores es un fraude de ley dirigido a evitar el análisis completo del nuevo aeródromo, en su conjunto, para eludir así el cumplimiento de requisitos formales y sustantivos más rigurosos”.
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