El Supremo rechaza que “Fariña” vulnerase el honor de Oubiña
El alto tribunal anula la indemnización de 15.000 euros que solicitó el narcotraficante de Cambados a la productora y distribuidoras de la serie por emitir unas escenas de sexo
El Tribunal Supremo anula la indemnización de 15.000 euros impuesta a Atresmedia, Netflix y Bambú por la Audiencia Provincial de Pontevedra a favor del histórico narcotraficante Laureano Oubiña por una escena de sexo en la serie “Fariña”.
El cambadés reclamó inicialmente 1,5 millones de euros a la productora de la serie y a las cadenas que la emitieron al entender que esta había atentado contra su honor, su imagen y su intimidad al “ridiculizarlo” y emitir un contenido explícito de sexo. Dicha demanda llegó en 2020 al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vilagarcía, donde se desestimó, pero la Audiencia Provincial le dio parcialmente la razón al narcotraficante en una de las escenas de sexo con Esther Lago.
Sin embargo, el alto tribunal, en la sentencia del 2 de diciembre, estima el recurso interpuesto por la productora, la cadena televisiva y la plataforma de streaming y revoca el fallo de la Audiencia de Pontevedra.
El Supremo considera que el demandante es un personaje público al haber sido condenado a elevadas penas de prisión por “su participación destacada en actividades organizadas de tráfico de drogas, un asunto de claro interés general”.
Asimismo, el alto tribunal concluye que la insinuación de su relación con el tráfico de cocaína en la serie no supone una intromisión ilegítima en su derecho al honor, aunque en “Fariña” el personaje aparezca con su nombre y apellidos y afirme estar inspirada en hechos reales.
En relación con el derecho a la intimidad, el Supremo también da la razón a las productoras y recoge que se trata de escenas breves, con actores vestidos, sin carácter especialmente explícito y plenamente integradas en el relato, sin adquirir una relevancia dramática determinante.
Dicha sentencia señala que incluso la escena más intensa es extremadamente breve (dura unos segundos) y sólo se muestra la parte superior de los torsos de los protagonistas. Todas las secuencias se integran de forma natural en el relato, sin adquirir especial significación dramática ni configurarse como elementos definitorios del protagonista y tampoco se presentan como episodios auténticos de la vida sexual del demandante.
El Tribunal Supremo afirma que estas circunstancias llevan razonablemente al espectador medio a entender que no se está ante una exposición real de la intimidad del demandante, sino ante una recreación dramática que no pretende divulgar hechos auténticos relativos a su vida sexual, por lo que la eventual afectación a su intimidad carece de la gravedad necesaria para prevalecer sobre la libertad de creación artística de los demandados.
Tres escenas ficcionando la Operación Nécora
La serie de televisión “Fariña” está basada en el libro de Ignacio Carretero e inspirada en los hechos relativos al contrabando de tabaco y a la introducción de droga en las costas gallegas en los años 80 del siglo pasado. En ella, se incluyen, entre otros, a Laureano Oubiña, interpretado por el actor Carlos Blanco.
La demanda del histórico narco reprochaba una serie de escenas con contenido sexual explícito como la que le muestra manteniendo relaciones con Esther Lago cuando irrumpieron en su casa para detenerle por la operación Nécora, otra en la que le toca el “miembro viril” justo cuando llega su primera esposa, y un ‘vis a vis’ en la cárcel en el que él no puede mantener relaciones por la presión. Según el Tribunal Supremo, las secuencias se tratan de “una mera licencia creativa insertada en la serie que viene a reflejar el carácter sorpresivo de las detenciones efectuadas a los distintos integrantes de la red de narcotráfico”.
Esta sentencia cierra, así, un litigio de 5 años de Oubiña contra la serie de Bambú Producciones.
Contenido patrocinado
También te puede interesar