Condenan a Sito Miñanco a 17 años de cárcel por introducir casi cuatro toneladas de cocaína en Europa

El tribunal considera probado que dirigía la organización desde un régimen de tercer grado y le impone multas de más de 420 millones de euros

Sito Miñanco, en una imagen tomada en 2025 durante la celebración de un juicio.
Sito Miñanco, en una imagen tomada en 2025 durante la celebración de un juicio. | Carlos Luján

La Audiencia Nacional ha condenado a 17 años de prisión a José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, por su participación en una organización criminal dedicada al tráfico de cocaína y al blanqueo de capitales. La sentencia considera probado que el histórico narcotraficante gallego dirigía las operaciones para trasladar droga desde Sudamérica hasta Europa durante 2017.

La condena se enmarca en la denominada Operación Mito y contempla también multas que superan los 420 millones de euros. La Sala de lo Penal aplica a Miñanco la agravante de reincidencia y, al mismo tiempo, la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

Miñanco dirigía la organización desde el tercer grado

Según recoge la sentencia, en 2017 Miñanco y Raymond Van Rij dirigían organizaciones criminales que se habían concertado para transportar cocaína desde Sudamérica hasta Europa y distribuirla posteriormente.

Entre las operaciones que la Audiencia Nacional considera acreditadas se encuentra la introducción de 615 kilos de cocaína en Países Bajos en noviembre de 2017 y el traslado desde Sudamérica hasta España de otros 3.305 kilos de cocaína a bordo del buque Thoran.

El tribunal señala que Miñanco era conocido como "Mario" dentro de la organización y que ejercía como máximo responsable, adoptando o supervisando las decisiones relacionadas con las operaciones.

En ese momento, además, se encontraba cumpliendo una condena de 16 años y 10 meses de prisión por un delito contra la salud pública. Lo hacía en el CIS Manuel Montesinos de Algeciras, en régimen de tercer grado, una situación penitenciaria que le permitía trabajar en un aparcamiento.

La sentencia apunta que, debido a esta situación, Miñanco delegaba determinados contactos, preparativos y pormenores de las operaciones en personas de su confianza, entre ellas Luis Enrique García, alias "Alan", "el viejo" o "el viejito", y Juan Antonio Fernández, conocido como "Chus" o "Nuria".

Una condena con una multa de más de 420 millones

La Audiencia Nacional también analiza las operaciones de blanqueo atribuidas a la organización. En este apartado, el tribunal considera acreditado únicamente el uso de la sociedad Autos Vicmar por parte de Miñanco y su pareja para ingresar dinero procedente de la venta de drogas.

La Sala no considera probado que el resto de sociedades investigadas fueran utilizadas para introducir en el circuito mercantil legal los fondos obtenidos mediante la venta de cocaína.

El tribunal también precisa que el mero transporte de dinero de procedencia delictiva no constituye por sí solo un delito de blanqueo, al no implicar necesariamente la introducción de esos fondos en el circuito económico lícito.

La sentencia concluye que no se ha acreditado que el dinero transportado tuviera otro destino que la adquisición de más droga para su posterior venta.

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