La Xunta da los primeros pasos para asumir en exclusiva la gestión del litoral
Aprobó el anteproyecto de ley de ordenación que pemitirá regularizar en Galicia edificaciones e industrias ya existentes en la franja costera así como parques eólicos marinos
Regular la franja litoral desde Galicia, superar la “inconcreción” sobre actividades permitidas y “dar seguridad jurídica” a los titulares de instalaciones que “lícitamente” ya están en dominio público marítimo terrestre son los principales objetivos de la futura ley gallega para gestionar el litoral, en cuya tramitación avanza la Xunta ante la negativa del Ejecutivo central a transferir la competencia de costas.
El anteproyecto de esta norma fue analizado en la reunión semanal del Ejecutivo autonómico y sus detalles los explicó el presidente gallego, Alfonso Rueda, y la conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda, Ángeles Vázquez, en una comparecencia posterior en la que ratificaron que, una vez se apruebe esta ley, Galicia se convertirá en la primera Comunidad en regular su franja costera.
Lo hará con la esperanza, recalcó Rueda, de frenar decisiones estatales que solo aportan “inseguridad jurídica”, toda vez que el Gobierno mantiene por el momento la negativa a transferir a la Xunta la competencia de costas. Y también con novedades para la gestión del litoral autonómico ya que, entre otras cuestiones, el Ejecutivo gallego prevé la posibilidad de recuperar edificaciones “preexistentes”, pero a veces abandonadas, puedan tener “una nueva vida”.
Vázquez afeó la falta de concreción del Gobierno en relación a las actividades económicas que ahora se practican en el litoral y le atribuyó la intención de que este quede en 2045 “totalmente libre”, mientras que esgrimió el deseo de la Xunta de regular las acciones permitidas y dar seguridad a quienes están ya instalados de forma “lícita” en el litoral.
La norma contempla una serie de actividades “estratégicas” permisibles que van desde los establecimientos de la cadena mar-industria; a las actividades que presten servicios vinculados a la interacción puerto-ciudad; las dotaciones públicas esenciales para el abastecimiento y el saneamiento y depuración de las aguas residuales; a las infraestructuras energéticas de electricidad y gas que suministren a las actividades ubicadas en el dominio público marítimo terrestre.
Pero también, en un momento álgido de desarrollo de la eólica marina, a las instalaciones de generación eléctrica que tengan que ocupar el mar y sus instalaciones complementarias; y las actividades e instalaciones de servicio público que, por la configuración física del tramo de costa en que resulte necesario su emplazamiento, no puedan situarse en los terrenos colindantes.
Y en esta coyuntura, la conselleira aludió a que la Xunta tiene catalogadas unas 300 edificaciones “preexistentes” que pueden ser objeto de interés histórico o de recuperación, siempre que se destinen a algunas de las actividades que el Ejecutivo autonómico considera “estratégicas”, como puede ser el caso de establecimientos de turismo litoral, tales como hoteles. “No tiene sentido que tengamos unas instalaciones fantásticas en las que, ahora mismo, por distintas causas, su actividad ya no se está llevando a cabo”, indicó Vázquez.
Un texto “realista” que regulará la zona terrestre e intermareal
Según explicó la conselleira, será una ley “realista, razonable y adaptada” a la realidad gallega, que regulará la zona terrestre e intermareal, y también la marina hasta las 12 millas. Y dado que en el litoral confluyen espacios “muy diferentes”, la ley fija tres áreas diferentes en la costa según su estado de conservación, fijando para cada una de ellas una serie de objetivos y usos diferentes para un mayor cuidado de la costa.
Así, el área de protección ambiental se corresponde con una extensa zona que conserva características naturales y valores singulares e irremplazables que deben protegerse y preservarse especialmente de cualquier proceso que los pueda alterar. La llamada área de mejora ambiental y paisajística se refiere a zonas que sin llegar a reunir las condiciones antes señaladas, conservan valores naturales y se mantienen mayoritariamente en un buen estado de conservación por lo que requieren acciones de protección, recuperación y renaturalización.
En cuanto al tercero de los espacios costeros señalados, el área de reordenación, abarca aquellos espacios litorales urbanizados y que se vieron transformados por la acción humana en que la prioridad será su “humanización y renovación”, pero la Xunta considera, por ejemplo, que una “renaturalización” en los mismos no tendría sentido. En este área estarían los terrenos de dominio público portuario y la zona de servidumbre de protección de 20 metros.
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