El Supremo despeja el futuro de los parques eólicos gallegos
La Xunta y el sector están pendientes ahora de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE
La confirmación por parte del Tribunal Supremo de la legalidad del acuerdo administrativo que autorizó el parque eólico de Campelo, entre los municipios coruñeses de Coristanco y Santa Comba abre la vía a que se levante la paralización a la que están afectados otros 64 parques eólicos, impuesta por el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) de Galicia. La revocación que hace el Supremo de la sentencia del TSXG es la tercera, tras las sentencias revocatorias de diciembre de 2023 y enero de 2024 que han vuelto a ser invocadas por el alto tribunal en la resolución dictada a propósito de este parque eólico.
La actuación del Supremo supone un paso más pero no el último para despejar la incertidumbre que afecta a un sector, el eólico, que tiene en la actualidad más de setenta proyectos paralizados en Galicia. Una situación que no tiene parangón con el resto de las comunidades autónomas, lo que ha supuesto que Galicia pasase de ocupar un puesto de cabeza en generación de energía eólica al cuarto lugar, por detrás de Castilla y León, Aragón y Castilla-La Mancha, por el bloqueo en el que se encuentran instalaciones que suman más de 2.500 megavatios.
La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal Superior de Galicia con relación al Parque Eólico de Campelo que consideraba que se había producido un fraccionamiento ficticio de dos instalaciones para no alcanzar una potencia instalada que obligaría a una tramitación diferente. El Supremo señala que el hecho de compartir instalaciones de conexión no convierte a dos parques eólicos en un único proyecto. La sentencia del Supremo también incide en las otras dos causas de suspensión de dicho parque que había argumentado el tribunal gallego, al amparo de las sentencias dictadas en 2023 y 2024, en relación con la tramitación de la fase de exposición pública.
Tras esta sentencia del Tribunal Supremo, tanto las empresas del sector como la Xunta de Galicia están pendientes ahora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al que la Sala Tercera del TSXG solicitó una triple cuestión prejudicial y que se tramitase de forma acelerada en 2024, en relación con el procedimiento de información pública llevado a cabo por parte de la Xunta previo a las autorizaciones de los parques eólicos, dentro del procedimiento de evaluación ambiental. La esperada sentencia del TJUE no solo afectará a los parques eólicos gallegos. También a los de otras comunidades autónomas en las que se aplicó de la misma manera la ley española de evaluación ambiental, vigente desde 2013. Frente a las posiciones defendidas por el tribunal gallego, de que los informes sectoriales tienen que estar a disposición pública a la hora de formular sus posibles alegaciones, tanto la Xunta de Galicia como el Ministerio para la Transición Ecológica se han personado en esta causa con argumentos totalmente opuestos, que son los que no solo se aplican en el caso de los eólicos gallegos sino también en el resto de España y de otros países europeos. La resolución del tribunal europeo podría conocerse a lo largo de este 2025.
Contenido patrocinado
También te puede interesar