Sito Miñanco niega el blanqueo de capitales del narcotráfico
Galicia
El abogado del arousano, Jacobo Teijelo, critica que se le trate como "el gran enemigo público"
El abogado Jacobo Teijelo pidió al Tribunal Supremo que anule la sentencia que condenó al narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, a cuatro años de cárcel por blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico y que no se le trate como "el gran enemigo público". El alto tribunal celebró ayer la vista de los recursos de las defensas contra la resolución de la Audiencia de Pontevedra que impuso la misma pena de cuatro años de prisión y una multa de seis millones de euros a Sito Miñanco, a su primera esposa, María Rosa P.N.; a su hija mayor, Rosa María P.P.;a su excuñada Josefa P.N., y al empresario José Alberto A.M..
La Audiencia pontevedresa declaró probado que blanquearon dinero procedente de la droga entre 1988 y 2007 mediante la adquisición de bienes inmuebles a través de la inmobiliaria San Saturnino y que el citado empresario actuó como testaferro del narcotraficante. Los abogados de todos los condenados pidieron al Supremo que dicte una sentencia absolutoria para todos ellos mientras que el fiscal ha solicitado que el tribunal confirme la dictada por la Audiencia.
El abogado de Sito Miñanco, Jacobo Teijelo, recordó que la causa ya fue archivada tanto por el juzgado de Vilagarcía de Arousa como por el de Cambados, en decisiones confirmadas por la Audiencia de Pontevedra, y que fue reabierta por "maquinaciones y maniobras procesales de ingeniería jurídica" por parte de la Fiscalía, cambiando su criterio inicial de apoyo al sobreseimiento. Recordó que lleva desde 1991 en prisión salvo algunos periodos concretos y que siempre ha estado vigilado, por lo que "difícilmente ha podido hacer nada" desde esa fecha, y que además se le condena con el Código Penal de 2010, e insistió en que procede una sentencia absolutoria "por mucha presión mediática que haya".
Por ser hija de
La abogada de Rosa María P.P. alegó que su representada adquirió sus propiedades con el dinero de toda una vida trabajando y que las pagó con transferencias bancarias, y apuntó: "Solo se le condena por ser hija de quien es".
El letrado de Rosa P.N., exesposa de Sito Miñanco, señaló que la inmobiliaria San Saturnino fue constituida antes de que se tipificara en 1988 en España el delito de blanqueo de capitales. Y aseguró que es falso lo indicado en el informe de Hacienda que concluye que en la adquisición de un inmueble se declaró que se compraba por 400.000 euros cuando en realidad el valor real era de 800.000 para ocultar el blanqueo del dinero.
El defensor de Josefa P.N., excuñada de Sito Miñanco, recordó que los peritos de Hacienda señalaron en su informe que los inmuebles que esta mujer adquirió no se correspondían con sus ingresos.
El fiscal se opuso a todos los recursos ya que, a su juicio, la Audiencia ha condenado a los acusados con suficientes pruebas indiciarias de la comisión del blanqueo de capitales, como la ejecución anterior de una actividad de tráfico de drogas por Sito Miñanco, el uso de empresas pantalla y un patrimonio que no se corresponde con los ingresos de los investigados.
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