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El Tribunal Constitucional (TC) inadmitió los recursos presentados por la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de anular su nombramiento como fiscal de sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos, cargo que ostenta en la actualidad pero al que no afectará la resolución adoptada ayer por la corte de garantías.
Según informó el TC, el Pleno rechazó admitir a trámite los tres recursos de amparo presentados por Delgado contra tres resoluciones del TS, dictadas entre mayo y junio de 2024, en torno a este nombramiento. Se trata, en concreto, de tres sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo que respondían a los recursos presentados por la Asociación de Fiscales (AF), la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) y otro fiscal que aspiraba al cargo, el fiscal antidroga Luis Ibáñez.
De acuerdo con la corte de garantías, los magistrados consideran que las impugnaciones firmadas por la también exministra de Justicia “carecen de especial trascendencia constitucional”. Esta decisión contrasta con la adoptada por el TC el pasado enero, cuando accedió a estudiar el recurso de Delgado contra la sentencia que anuló su designación anterior como fiscal de la Sala de lo Militar del TS, al apreciar en ello una “desviación de poder” por parte del actual fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
Este nombramiento para la Fiscalía Togada supuso su ascenso a la máxima categoría de la carrera fiscal: fiscal de sala. Sin embargo, el segundo nombramiento, para Memoria Democrática y Derechos Humanos, lo fue también para fiscal de sala, por lo que Delgado mantuvo el estatus.
Fuentes jurídicas consultadas explican que la impugnación contra las sentencias del TS que dejaron sin efecto el ascenso de Delgado se admitió a trámite porque verdaderamente planteaba un problema constitucional. En este caso, apuntan al control de legalidad de la discrecionalidad en los nombramientos para fiscales de sala.
En concreto, las fuentes preguntadas indican que el Constitucional debe determinar si el nivel de especialización de los candidatos a fiscal de sala, cargos que conllevan funciones de dirección en el seno del Ministerio Público, en relación con el puesto al que aspiran es un criterio excluyente o solo un mérito a tener en cuenta, entre otros.
En cambio, esta segunda tanda de impugnaciones presentadas por Delgado plantea únicamente lo que las fuentes definen como “una cuestión procesal” que, por tanto, -exponen- carece de la entidad necesaria para que el Constitucional estudie el asunto. La misma conducía a analizar si la decisión sobre la existencia de una causa de incompatibilidad correspondía al fiscal general o al Consejo fiscal, “materia de legalidad ordinaria sin relevancia constitucional”, inciden. Las sentencias del Supremo relativas a ese segundo nombramiento produjeron el efecto de anular el Real Decreto 461/2023, de 13 de junio, por el que se la designó para Memoria Democrática y Derechos Humanos.
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