El Constitucional rechaza el recurso del PP y avala el impuesto a las grandes fortunas

El Alto Tribunal señala a la Comunidad de Madrid que "no puede impedir al Estado ejercer su competencia para establecer nuevos tributos"

Agencias
Publicado: 07 nov 2023 - 19:59 Actualizado: 08 nov 2023 - 09:10
Vista exterior del Tribunal Constitucional en Madrid.
Vista exterior del Tribunal Constitucional en Madrid.

El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por el PP, al considerar que el nuevo tributo no invade competencias autonómicas ni resulta confiscatorio. Así, el Alto Tribunal avala el impuesto a las grandes fortunas, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los 3 millones de euros.

Fuentes de la corte de garantías han indicado que la mayoría progresista del Pleno ha aprobado por 7 votos contra 4 la ponencia redactada por la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer.

El Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso defendía en su impugnación que el nuevo tributo podía vulnerar los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad --alegando que los tipos del gravamen son muy altos--; el de seguridad jurídica, por tener un grado de retroactividad que incide sobre situaciones ya existentes; y la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas.

También esgrimía que el nuevo impuesto se introdujo por vía de enmienda durante la tramitación de una proposición de ley que tenía otro objeto, así como una presunta vulneración de la reserva de ley orgánica en materia de cesión de tributos, en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

El Constitucional rechaza todas estas alegaciones. Así, empieza por asentar que "la queja real de la Comunidad de Madrid es que aquellos de sus residentes con un patrimonio superior a 3 millones de euros (únicos que están sujetos al impuesto sobre grandes fortunas) tendrán que pagar el nuevo impuesto estatal, con lo que Madrid pierde su atractivo fiscal para atraer dicha riqueza a su territorio", según ha informado el propio TC.

El tribunal responde que "este objetivo no puede impedir al Estado ejercer su competencia para establecer nuevos tributos", recordando que en el pasado "ya ha reconocido que el Estado puede ocupar un espacio fiscal autonómico para armonizarlo", por lo que "con mayor razón podrá hacerlo en su propio espacio fiscal, como es este".

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