El Congreso aprueba la bajada del IVA en alimentos básicos

IVA

Las trabajadores con ingresos inferiores al SMI no tendrán que presentar el impuesto de la renta

Agencias

Publicado: 24 jul 2024 - 09:17

Consumidores realizando compras en un supermercado.
Consumidores realizando compras en un supermercado.

El Congreso de los Diputados aprobó la convalidación del último decreto anticrisis que incluye la rebaja del IVA a alimentos básicos y aceite de oliva o la subida salarial a funcionarios. Ese paquete de medidas y otras muchas que incluye el texto ya están en vigor, pero al ser un decreto tenía que recibir el visto bueno del Congreso. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, defendió en la tribuna este noveno paquete de medidas anticrisis aprobado por el Gobierno. Hasta ahora se han adoptado medidas por valor de más de 120.000 millones de euros desde el año 2020 para proteger a la mayoría social del país. “El Gobierno sigue y seguirá acompañando y apoyando tanto a los hogares como al tejido productivo para paliar las consecuencias derivadas del incremento de la inflación y de la complicada situación internacional”, enfatizó Montero.

El decreto incluye la prórroga la rebaja del IVA de alimentos básicos permaneciendo en el 0% en el caso de leche, pan, harina, fruta, verduras, hortalizas, legumbres, cereales, queso o huevo. A ello se ha incorporado el aceite de oliva que quedará exento del IVA tras la rebaja impositiva del primer paquete de medidas anticrisis en la que ya se redujo al 5%. Estas rebaja del IVA al 0% del aceite de oliva y de los alimentos básicos, como el pan, huevos, verduras o fruta, se mantendrá hasta el 30 de septiembre, mientras que se elevará el tipo al 2% entre octubre y diciembre de este año. Además, en este decreto ley modificamos la ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre la cesta de alimento básico, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido, es decir, al 4%.

Asimismo, se prorroga también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, el tipo se situará en el 7,5%.

Otra de las medidas es la rebaja del IRPF, que va a evitar que las personas que cobren el salario mínimo interprofesional tributen en el impuesto sobre la renta. El año pasado se elevó este umbral mínimo para practicar retenciones de 14.000 a 15.000 euros. Ahora se vuelve a incrementarlo hasta el 15.876 euros, es decir, el equivalente al salario mínimo interprofesional en cómputo anual.

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