Los alimentos básicos y el aceite de oliva, sin IVA hasta septiembre

IVA

A la relación se suma desde el lunes el aceite de oliva, que triplicó su precio en los últimos tres años

Agencias

Publicado: 26 jun 2024 - 08:45 Actualizado: 26 jun 2024 - 09:47

Una garrafa de aceite sobre cientos de aceitunas en una empresa comercializadora.
Una garrafa de aceite sobre cientos de aceitunas en una empresa comercializadora.

El Gobierno aprobó ayer la supresión del IVA en los alimentos básicos -pan, huevos, verduras o fruta- y en el aceite de oliva hasta el 30 de septiembre, mientras que el tipo subirá al 2% desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, coincidiendo con que la previsión de la inflación de los alimentos durante el último trimestre se va a ver moderada a la baja.

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, detalló en la rueda de prensa del Consejo de Ministros el real decreto aprobado ayer por el que se prorrogan medidas para afrontar las consecuencias económicas, también las sociales, derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo. Una importante novedad de este decreto es que el IVA del aceite de oliva, donde ya se produjo una rebaja del 10 al 5%, pasará al 0% desde el 1 de julio y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre. Después se situará en el 2% entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Además, la ministra de Hacienda anunció que este producto a partir de ahora va a formar parte de la cesta de productos y alimentos básicos, por lo que tendrá siempre un tipo superreducido. El tipo superreducido en España es del 4%. Esto significa que cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA del aceite de oliva será el 4% en vez del 10% que venía soportando durante todo este periodo anterior. “Una decisión que reconoce la importancia del aceite de oliva en la dieta mediterránea, en la dieta saludable, para potenciar también a este mercado que ha tenido muchas dificultades en los últimos años fundamentalmente derivadas de la situación de sequía y en donde debemos desde luego cuidar este mercado y este producto como uno de nuestros bienes más preciados”, remarcó Montero.

Asimismo, se prorroga también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea para la retirada gradual de medidas anticrisis, el tipo se situará en el 7,5%. Otra de las medidas que se recogen en el decreto es la rebaja del IRPF, que va a evitar que las personas que cobren el salario mínimo interprofesional tributen en el impuesto sobre la renta.

El Gobierno ya modificó anteriormente el reglamento del IRPF para evitar que estos trabajadores tuvieran ya desde este año 2024 retenciones en sus nóminas mensuales y lo que el Ejecutivo hace ahora es incluir la medida en la propia ley del IRPF. El año pasado se elevó este umbral mínimo para practicar retenciones de 14.000 a 15.000 euros. Ahora se vuelve a incrementarlo hasta el 15.876 euros, es decir, el equivalente al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. “Por tanto, los trabajadores que reciban este salario no tendrán retenciones del IRPF”, remarcó la ministra.

Sin embargo, los colectivos que se benefician por esta medida son más amplios, dada la propia progresividad del impuesto, alcanzando la mejora hasta las rentas que llegan a los 22.000 euros. Con todo, y según Montero, esta rebaja del IRPF beneficia a 5,2 millones de contribuyentes, asalariados y pensionistas con rentas bajas y medias que lograrán un ahorro de 1.385 millones de euros.

Ahorro de 3.000 millones

Así, la suma de las medidas fiscales incluidas en este real decreto, tanto el IVA como el IRPF, suponen para las familias un ahorro de 3.000 millones de euros al año -1.400 millones en el IRPF y 1.036 millones en el IVA-. “O dicho de otra forma, las rentas bajas y medianas pagarán menos impuestos con el Gobierno progresista que lo que hacían con el Gobierno del PP”, enfatizó la ministra.

En relación con los colectivos vulnerables, se extendió la vigencia del escudo social, que incluye hasta final de año la prohibición de corte de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables y la extensión de los descuentos del bono eléctrico hasta el 30 de junio del año 2025, es decir, hasta que pase el invierno próximo. Además, en el ámbito de la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural, el decreto concede el carácter indefinido para las comunidades de vecinos.

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