QUIERO MI PAGA EXTRA

Soy funcionaria de carrera, auxiliar administrativa de la Administración local y, como ya les sonará, he logrado este puesto de trabajo después de muchos años de esfuerzo, estudiando y concurriendo a exámenes junto con muchos otros compañeros que decidimos luchar por conseguir una plaza en la Función Pública. Además del atractivo de la estabilidad laboral, me atraía el servicio a los ciudadanos, el trato con los vecinos, ayudarles con sus gestiones y aclarar sus dudas. La vocación también mueve a los funcionarios.

Aurora Corbacho Quintela. (Vigo).
Publicado: 06 nov 2012 - 07:00 Actualizado: 10 feb 2014 - 12:46

Pero con la publicación del Real Decreto-ley 20/2012 hay un antes y un después. Es cierto que ya con el Real Decreto-ley 8/2010 publicado en el último gobierno de Zapatero nuestros derechos empezaron a ser vulnerados, me refiero a la reducción de la masa salarial del sector público en un 5 por 100 en términos anuales, justificada por una situación de extraordinaria y urgente necesidad del déficit público. En aquel momento los funcionarios reaccionamos con una huelga ante lo que creímos una injusticia y ahí quedó todo. El siguiente gobierno, el de Rajoy, iba a arreglar el país en una semana...

El 14 de julio de este año el BOE publicaba el siguiente ataque a nuestros derechos, de nuevo amparándose en la fórmula, justificada por el Tribunal Constitucional, de la extraordinaria y urgente necesidad. Se trata del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Entre dichas medidas, contempla la suspensión de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.

Ante esta nueva injusticia, envié una queja al Defensor del Pueblo y le solicité la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra dicha norma. En la página web del Defensor del Pueblo se ha publicado la resolución de la actual defensora, doña Soledad Becerril, que responde a los 'numerosos escritos solicitando la interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación a varias medidas de reordenación y racionalización de las administraciones públicas'.

Me sorprendió el número de solicitudes presentadas, 'varias decenas de miles', en palabras de la Defensora dirigiéndose al Secretario de Estado, y me alegra, a pesar de todo, que intentemos utilizar los medios que la Constitución pone a nuestro alcance para defender nuestros reconocidos derechos. Lo malo es que, como a mi parecer se desprende de la resolución de la Defensora, llamamos a la puerta equivocada.

De la lectura de la resolución, en su mayor parte da la impresión que la Institución está 'a la defensiva', aunque suene redundante. Justifica cada uno de los artículos cuestionados citando doctrina del Tribunal Constitucional aplicada en el pasado para supuestos que considera similares. Así que no reconoce la vulneración de nuestros derechos reconocidos en la Constitución y en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y acepta el argumento del gobierno de la existencia de una extraordinaria y urgente necesidad para suspender dicha paga.

Pues bien, no sé cómo podrá nuestro esfuerzo, o mejor, sacrificio, ayudar a superar esta situación, ya que el Secretario General de Administraciones Públicas, don Enrique Osorio Crespo, el cinco de septiembre remitió una nota informativa a las Entidades locales recordándoles que el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012 obliga a inmovilizar en el presente ejercicio económico los créditos previstos para el abono de la paga extraordinaria de diciembre y afectar estos créditos para destinarlos en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de Pensiones o similares, sin que puedan destinarse a ningún otro objeto, ni en el presente ejercicio, ni en ejercicios futuros.

Respecto a esta cuestión, sí que se pronuncia la Defensora del Pueblo en el escrito del 15 de octubre, dirigido al Secretario de Estado de Administraciones Públicas, informándole de la presentación de las antes citadas solicitudes, y en el que le recomienda que 'se concrete el destino de las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria o equivalente en ejercicios futuros habilitando fórmulas adicionales a las aportaciones a planes de pensiones y contratos de seguro colectivos, de modo que puedan beneficiarse de tales retornos la totalidad de empleados públicos afectados por la medida'.

Por lo tanto, no es nuestra paga extra la que va a, como se dice en la exposición de motivos del Real Decreto-ley, 'contribuir a reforzar tanto la garantía de cumplimiento de los compromisos adquiridos por España en materia de gasto público y déficit como la mejora de la eficiencia, productividad y competitividad de nuestra economía'.

A lo que ya les garantizo a ustedes que va a contribuir el no cobro de mi paga extra es a realizar aquellas compras y consumos típicos de las fechas de Navidad que tan bien venían al Comercio en general, grande y pequeño así como al resto de los Servicios. Y no, no es una venganza ni un boicot. Es, tristemente, la realidad.

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