“El exalcalde de Baiona no alegó las multas pero se las quitaron"

Policías que sancionaron a Carlos Gómez por aparcar en carga y descarga declararon en el juicio en Vigo que la tarjeta para estacionar apareció después de denunciar y “estaba incompleta”

Publicado: 18 ene 2024 - 01:00 Actualizado: 18 ene 2024 - 09:22

Carlos Gómez, junto al jefe de la Policía Local de Baiona, ayer, en la primera sesión del juicio que se celebra en la Audiencia en Vigo.
Carlos Gómez, junto al jefe de la Policía Local de Baiona, ayer, en la primera sesión del juicio que se celebra en la Audiencia en Vigo.

El exalcalde socialista de Baiona, Carlos Gómez Prado, y el que fuera oficial y actual jefe de Policía Local del municipio se sentaron ayer en el banquillo de los acusados en la Audiencia en Vigo, por un presunto delito continuado de prevaricación administrativa y otro de falsedad de documento en relación con la retirada de cinco multas de aparcamiento en 2021. Gómez se enfrenta a tres años de prisión y 15 de inhabilitación. Durante la primera sesión de la vista, declararon varios testigos, entre ellos los policías locales que denunciaron los hechos, ya que los imputados lo harán en último lugar al haberlo solicitado sus defensas.

Los agentes relataron cómo el vehículo particular de Gómez estaba mal estacionado en carga y descarga, en algún caso “hasta me comentaron que llevaba allí todo el día”. Algunos aseguraron que desconocían que era el turismo del exregidor en un primer momento y que se enteraron con posterioridad ante la reiteración de la infracción.

La denuncia en Fiscalía la interpusieron seis agentes tras enterarse en un pleno de que le habían sido retiradas las multas pese a que ninguno, afirmaron, “recibimos alegaciones, como suele ser habitual”.

Según relataron, tampoco supieron de la existencia de una tarjeta que le autorizaba para estacionar en carga y descarga hasta después de interponer la denuncia, coincidiendo en dudar de la veracidad de dicho documento porque “no tenía entre otras cosas el número de expediente y aparece como del departamento de Alcaldía, que no existe”. Dicha tarjeta estaba firmada por el coacusado, quien a pesar de no ser en ese momento el jefe le sustituía en su ausencia. La Fiscalía sostiene que esa tarjeta se elaboró por el oficial de Policía Local para poder eliminar las sanciones al exalcalde.

La declaración de los policías puso sobre la mesa el ambiente de tensión que se vive en el seno de este cuerpo municipal en Baiona, hasta el punto de que uno de ellos declaró que “sufro un acuso continuo”. Además, en 2019, estos agentes ya habían interpuesto otra denuncia por malversación que fue archivada y el citado está siendo investigado en la actualidad por retirada de multas de forma irregular. Este mismo testigo aseguró que después de aparecer la tarjeta de autorizado “comenzaron a hacerse tarjetas a todo el mundo, había hasta 80, era una barbaridad”. Uno de los agentes que no impuso ninguna multa, pero que suscribió la denuncia contra el exalcalde y su superior fue rotundo al asegurar que “es ilegal aparcar en carga y descarga” y coincidió en señalar que ni tenían conocimiento de la mencionada tarjeta ni tampoco comunicación sobre la autorización al respecto, afirmando que su único objetivo es “que se haga justicia”.

Primer juicio en la Audiencia en el que los acusados declararán en último lugar

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo podría poner patas arriba la dinámica de los juicios hasta la fecha. Si bien es cierto que es no la primera vez que solicita en Vigo por parte de las defensas que un acusado declare en último lugar, si fue la primera, al menos en la sección quinta de la Audiencia, en la que el tribunale, precisamente por el fallo del alto tribunal y la no oposición de la Fiscalía, accede.

La solicitud de los abogados de los dos acusados se vio reforzada así por el Ministerio Público, quien se ciñó a una instrucción de la Fiscalía provincial de Pontevedra por la que no se deben oponer a dichas peticiones. Esta situación hará que el exalcalde y el jefe de Policía Local puedan responder a todo lo que se diga en sala así como de las pruebas que se hayan aportado en la sesión.

El precedente podría extenderse a otros juicios penales a partir de ahora, ya que supone una mejor defensa para el ajusticiado. El fallo del Supremo, de septiembre pasado, sobre un recurso de una sentencia de Barcelona, especifica "que no es posible desdeñar las indudables ventajas que le suponen al acusado declarar tras finalizar la práctica de la prueba en relación con lo que declararon los testigos, sobre todo, o los documentos que se han elevado al plenario como "utilizables" a la hora de que el juez o Tribunal dicte sentencia, el informe pericial ratificado y explicado en el plenario. Su declaración puede quedar más "matizada". Afirma que nada tiene que ver el derecho a la última palabra del acusado, donde no hay interrogatorio y refiere a que en la Ley de Enjuiciamiento Criminal no hay nada que obligue a que declare en primer lugar.

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