El Constitucional deja en suspenso dos leyes sobre el litoral

Sede del Tribunal Constitucional.
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Los magistrados creen que tiene preferencia proteger el medioambiente

El Tribunal Constitucional (TC) acordó por unanimidad mantener suspendidas parcialmente dos leyes impulsadas por la Xunta de Galicia que fueron recurridas por el Gobierno central: la de ordenación y gestión integrada del litoral, y la de medidas fiscales y administrativas.

Según comunicó ayer la corte de garantías, el Pleno decidió en un auto conservar la suspensión de varios preceptos, tal y como le solicitó el Gobierno de Pedro Sánchez en un recurso de inconstitucionalidad que presentó el pasado 11 de octubre contra Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia. Cabe recordar que el Constitucional, cuando admitió a trámite el pasado 6 de noviembre el recurso del Gobierno, ya suspendió de forma parcial la norma, salvo los artículos 21.1.e), 29.1, 52 y 53, que no fueron impugnados.

El TC justifica su decisión señalando que en este tipo de incidentes -en los que no se toma en consideración la viabilidad de las impugnaciones- tienen preferencia la salvaguarda del interés ecológico y medioambiental, “dada la fragilidad e irreparabilidad de los perjuicios que se podrían producir en caso de su perturbación”. Para ello, la corte valoró el impacto que la regulación de la ley gallega va a suponer sobre el dominio público marítimo-terrestre y da relevancia a la obligación constitucional de proteger este para “asegurar tanto el mantenimiento de su integridad física y jurídica, como su uso público y sus valores paisajísticos”, atendiendo tanto a la propia definición y extensión del litoral que se acuña en la misma, al contenido de las competencias que se reconocen sobre su gestión y a los usos que sobre el mismo se admiten.

La ley del litoral contempla que la Xunta asume las competencias en gestión del espacio marítimo-terrestre. El Ejecutivo gallego defiende que dichas competencias están definidas en el Estatuto de Autonomía. En cambio, el Gobierno central considera que la ley invade competencias estatales en distintos ámbitos, hasta el punto de incorporar de manera unilateral el mar al territorio de la comunidad autónoma. Además, Moncloa alega que la norma reduce la protección de los terrenos contiguos a la ribera del mar y que los preceptos impugnados podrían vulnerar las competencias del Estado.

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