La ley del “solo sí es sí” define el consentimiento y los abusos
El Consejo de Ministros aprueba el proyecto para ampliar el concepto de violencia sobre la mujer
El Gobierno aprobó ayer el proyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la ley del “solo sí es sí”, que modifica el Código Penal para definir el consentimiento expreso y acaba con la distinción entre abuso y violación. El Consejo de Ministros dio luz verde al texto tras 16 meses de vicisitudes, una ley que ampliará en España el concepto de violencia sobre la mujer más allá del ámbito de la pareja o la expareja: toda violencia sexual se considerará violencia machista, como establece el Convenio de Estambul.
La futura ley de garantía integral de la libertad sexual ofrecerá prevención, atención, sanción, especialización y reparación frente a las violencias sexuales, que reconocerá como víctimas a mujeres y también a niños y niñas, y castigará todo tipo de proxenetismo. Con la nueva legislación, el consentimiento será la pieza clave para juzgar los delitos sexuales y la violación será toda penetración sin consentimiento, sin exigir que concurran violencia o intimidación, como demandó el movimiento feminista desde la violación grupal de La Manada en 2016.
La ley reformará el Código Penal para indicar que “solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. La ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, añadió que “tenemos que transformar la cultura sexual poniendo el consentimiento de la mujer en el centro de nuestra mirada. La cuestión que queremos transmitir es que si tú no quieres, no tienes que participar en ningún acto sexual”.
La reforma del Código Penal acabará con la figura del abuso sexual. Tras la modificación, todo atentado contra la libertad sexual será una agresión y se considerará violación toda penetración sin consentimiento, sin necesidad de que concurran las circunstancias de violencia o intimidación. Bajo el mismo delito, el de la agresión sexual, se agrupan varias conductas que se penan desde 1 a 15 años de prisión.
La norma establece como algunos agravantes de agresiones y violaciones la comisión de los delitos en grupo, el uso de armas , la violencia extrema o el trato degradante, la especial vulnerabilidad de la víctima, que el agresor sea pareja o expareja, o la utilización de sustancias para anular la voluntad de la víctima. Además, el Código Penal incluirá como delito leve el conocido como acoso callejero y perseguirá todo tipo de proxenetismo. Con la ley integral se considerarán como violencias machistas, entre otros: la corrupción de menores, las violencias sexuales en el ámbito digital, la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acecho, el acoso sexual, el exhibicionismo y la explotación sexual.
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