Cartas al director

Sobre el juicio por una modificación de historial médico

En relación con la noticia aparecida hace dos días sobre el juicio que se va a celebrar en Vigo contra un Gestor de la antigua Clínica El Castro, acusado de alterar el historial clínico de una paciente que sufrió la amputación de una pierna, agradecería la publicación de este escrito aclaratorio, pues aunque no estoy imputado en ese juicio he sido mencionado, y la noticia me atañe.
No es cierto que se modificaran partes médicos, como se afirma. La noticia omite decir que lo que se modificaron no fueron informes médicos, sino unas anotaciones de las Observaciones de Enfermería, en las que se escriben datos y valoraciones para trasmitir novedades a la enfermera que entra en el siguiente turno, y que estrictamente hablando no forman parte de la historia clínica (de hecho el Historial de Povisa no las aporta).
Antes de imprimirlas y enviarlas al juzgado se revisaron esas Observaciones, y se realizaron cinco pequeñas correcciones de errores o inexactitudes que contenían, sin que esas modificaciones aporten ninguna novedad a lo que se había plasmado en los informes médicos. Una enfermera anotó dos veces que la sensibilidad de la pierna era nula, cuando realmente estaba disminuida, como consta en todos los informes, en anotaciones de otras enfermeras y en el informe de la UCI de Povisa. Por eso se modificó poniendo lo correcto: “sensibilidad disminuida”. Además, esa falta de sensibilidad no tenía que ver con falta de circulación (que al final ocasionó la amputación), sino con la gravedad del traumatismo inicial, que produjo estiramiento del nervio, como han afirmado todos los médicos que han participado en el juicio.
Otra enfermera escribió entre sus Observaciones que durante la cura del domingo se había producido una disminución de la perfusión distal, y que no se había captado oximetría en Quirófano. Lo primero era cierto pero lo segundo no. Esa enfermera estaba en planta, y no en quirófano: no presenció lo ocurrido y entendió mal lo que había pasado. En los informes médicos dejé constancia de que “tras la cura se comprobó disminución de la perfusión distal”, que fue lo que me llevó a pedir un angioTAC urgente. En quirófano captamos señal, y al subir a planta esa misma enfermera también registró señal de oximetría en todos los dedos del pie, y así lo anotó. Por tanto se eliminó la frase “no captándose oximetría en Qx”, porque no era cierto.
Es importante saber que en esas Observaciones una enfermera consignó que no palpaba pulso en el dorso del pie. Al ser esa una valoración que había hecho directamente esa enfermera, no se modificó su anotación. Es evidente que si se hubiera querido falsificar esas Observaciones para encubrir un estado clínico circulatorio distinto al real, se habría borrado esa anotación sobre el pulso, y no hubiera tenido sentido hacer las modificaciones que se hicieron. Aclaro que posteriormente otras enfermeras y médicos sí que palparon pulso, y que en ningún momento se produjo isquemia (ausencia de llegada de sangre al pie).
La última modificación que se realizó de esas Observaciones de Enfermería se refiere a una anotación del domingo por la tarde, cuando yo informé a la enfermera de turno de que ya había visto el resultado del angioTAC, y le dije que había hablado con un cirujano vascular y que la paciente se trasladaría el día siguiente a la Clínica Quirón, y que ya le había notificado el traslado al Director Médico para que lo supiera (un trámite rutinario). Si antes de entregar esas hojas al Juzgado se borró la frase “que ya habló con el director médico”, fue porque el director médico no vio necesario que figurara en las Observaciones de enfermería ese pormenor de tipo administrativo: y es evidente que la supresión de esas siete palabras no tiene ninguna trascendencia a efectos médicos.
Según dice la noticia, la Fiscalía “entiende que esos datos suprimidos o alterados eran fundamentales y determinantes para conocer el estado y la evolución clínica de la lesionada y por lo tanto para objetivar si los médicos operaron según la lex artis o no, objeto esencial de la pretensión que se dilucida en el procedimiento penal”. Parece poco razonable sospechar que esas modificaciones mencionadas se hicieran para reducir la gravedad de la situación o para encubrir una negligencia médica.
La noticia publicada remarca que yo fui condenado por retrasar 15 horas el traslado de la paciente. La Juez en su sentencia dijo que tenía “dudas razonables”, pero acabó asumiendo que cuando llegó a Povisa la pierna ya estaba en isquemia. Todos los datos médicos objetivos y el testimonio pericial de una decena de médicos especialistas demuestran que no había isquemia: pero en cualquier caso ese retraso lo decidió e indicó -con buen criterio, pues la situación era estable- el cirujano vascular de la Clínica Quirón a quien yo consulté un día antes del traslado.
Yo sigo esperando que los Jueces de la Audiencia Provincial, que están estudiando el recurso presentado por mi abogado, consideren correctamente todas las pruebas, entiendan el complejo proceso médico que se produjo en este caso, y decreten mi inocencia. Y que después investiguen si tras el traslado a Povisa se cometió algún error, pues hasta ahora se han creído la versión del cirujano vascular de ese Hospital, y se han negado a investigar lo que pasó allí entre el lunes y el miércoles, día en que se realizó la amputación. Espero que pronto salga a la luz la verdad: que ese cirujano vascular que trabajaba en Povisa, que reconoció no haber leído los informes ni ver las prueba, se equivocó en el diagnóstico e hizo mal la operación, y después, para encubrir su error y evadir su responsabilidad, mintió y falsificó informes (se ha comprobado), echándome a mí la culpa de la amputación, descaradamente. Una calumnia que me ha ocasionado y me sigue ocasionando -a mí y a mi familia- un grande e injustísimo perjuicio.