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El Ministerio de Hacienda revisa el 'catastrazo' de Ponteareas

El departamento de servicios económicos del Concello dependiente de la conceja de Facenda.
photo_camera El departamento de servicios económicos del Concello dependiente de la conceja de Facenda.

La sentencia del Supremo obliga al Concello a devolver cobros 'indebidos' por el IBI

n n n  Compromiso por Galicia, CxG de Ponteareas, se felicitó por la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014, cuyo fallo dice taxativamente 'que no pagarán el Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, por concepto de suelo urbano "sino rústico", los propietarios de terrenos que en los Planes Generales de Ordenación Municipal, estén considerados como urbanizables pero que por su propia definición aún no son urbanos porque no fueron sometidos a obras de urbanización'. El fallo judicial, motivado por la reclamación de un particular del municipio de Badajoz, afecta a todos los municipios del España, puesto que el recurso promovido por la Administración del Estado fue de interés de Ley y la decisión del Supremo fija una doctrina de interpretación que tiene carácter vinculante. Así, el Ministerio de Hacienda se ve obligado a revisar la Ley reguladora del IBI.
     En Ponteareas hay que remontarse al mes de agosto cuando Compromiso presentó una iniciativa para instar al grupo de gobierno a cumplir la sentencia dictada por el Supremo. Los galleguistas pedían al PP, “que se hiciera la revisión de oficio” del impuesto de las parcelas calificadas como urbanas, que no estuvieran urbanizadas y careciesen de edificaciones (en aplicación del fallo dicatado por el alto Tribunal a 30 de mayo de 2014). 
     La moción de CxG  prosperó en otros concellos gallegos, pero en Ponteareas “o goberno rexeitouna, e non quixo levala ao pleno e agora será o Ministerio quen obrigue ao Concello a devolver os cobros indebidos aos cidadáns é quen revise o imposto de bens inmobles”, indica Sandra Araúxo a este diario.
    "As persoas afectadas poderán, ante a concellería de Facenda local, solicitar apertura do procedemento de devolución de ingresos indebidos dos recibos de IBI abonados como solo urbano dos últimos 4 anos, invocando la sentenza do Supremo e achegando proba da a clasificación urbanística do solo cuxo IBI se reclama". A día de hoy, son muchas las parcelas calificadas como urbanizables que carecen de accesos, agua, saneamiento o red eléctrica, en su mayoría dedicadas a labores agropecuarias, sin edificaciones y “estanse gravando cun IBI urbano equivalente ao dun solar listo para edificar, o que ademais de “inxusto”, carece de “toda lóxica”, señalan desde CxG.n

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