El TSX de Galicia rectifica a la Seguridad Social y concede la baja permanente por fibromialgia a una auxiliar de clínica en Vigo
El dictamen médico defendido por el INSS aseguraba que las dolencias no le "incapacitan en el grado de incapacidad permanente absoluta para ejercer cualquier profesión u oficio"
La demandante ha estado dos años reclamando frente al criterio de la Seguridad Social que se negaba a conceder incapacidad permanente absoluta porque, según su criterio, podía seguir desarrollando su trabajo a pesar de tener que cuidar de personas dependientes.
Padecer fibromialgia y sufrir los dolores crónicos que acompañan a esta enfermedad es incompatible con los trabajos que debe desarrollar una auxiliar de clínica. Así al menos lo ha decretado la Sala Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Vigo por la que se concede la incapacidad permanente absoluta a una auxiliar de clínica que padece esta enfermedad que provoca entre otros síntomas dolor crónico.
El TSX de Galicia desestima así la reclamación realizada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que había reclamado la sentencia previa que otorgaba la baja permanente. La Dirección Provincial de la Seguridad Social negaba la baja basándose en un dictamen de la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades, que propuso al Equipo de Valoración de Incapacidades el “declarar a la hoy demandante sin incapacidad permanente”.
Juan Camacho, de Balms Abogados y defensor de la demandante, se ha mostrado satisfecho por la sentencia y porque su defendida “podrá dedicarse a cuidarse a sí misma porque con los dolores crónicos imposibilitaban el desarrolla de su actividad laboral atendiendo a personas dependientes como hasta ahora”.
Según el dictamen médico defendido por el INSS, “las dolencias que sufre consideran que a la demandante no le incapacitan en el grado de incapacidad permanente absoluta para ejercer cualquier profesión u oficio”. Sin embargo, como reconoce el TSX de Galicia, la demandante presentaba un cuadro clínico de “fibromialgia 14/18. S. impactación cubitocarpiana bilateral. Trastorno distímico. Síndrome de túnel carpiano bilateral. Artrosis facetaria lumbar, tendinitis del supraespinoso derecho con rotura de espesor parcial, cervicoartrosis C3-C6, síndrome miotensivo cervical, rizartrosis, tendinitis del supra e infraespinoso izquierdo, artrosis acromioclavicular y bursitis subacromiodeltoidea izquierda. A tratamiento en la Unidad de Dolor con lidocaína intravenosa”.
La sentencia reconoce que la demandante “se halla en situación de incapacidad permanente absoluta y, en consecuencia, condeno al INSS a que le reconozca y abone una pensión vitalicia mensual consistente en el 100% de su base reguladora, en los términos y con los efectos que reglamentariamente procedan”.
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