El Tribunal de Vigo necesitaría más de dos años sin pleitos para desatascarse

El Consejo General del Poder Judicial ratifica la elevada congestión de la sección civil al finalizar el primer semestre del año, con 13.400 demandas en cola y casi 21.500 sentencias pendientes de ejecutar

La Cidade da Xustiza afronta un incremento de la tasa de congestión por los asuntos en lista de espera.
La Cidade da Xustiza afronta un incremento de la tasa de congestión por los asuntos en lista de espera. | Atlántico

La implantación de la nueva ley judicial con la transformación de los antiguos juzgados en un único Tribunal de Instancia no ha podido descongestionar la sección civil, pese a que las demandas han ido disminuyendo o, al menos retrasándose por la obligatoriedad de intentar un acuerdo previo entre las partes.

La estadística oficial del Consejo General del Poder Judicial referente al segundo trimestre del año confirma una situación que lleva meses denunciándose desde la Cidade da Xustiza, no hay medios suficientes con la nueva reorganización para atender el volumen de pleitos civiles pendientes de resolución.

Esos datos reflejan que se requerirían más de dos años sin ingresar ninguna demanda y al ritmo actual de trabajo para acabar con la lista de espera. La principal culpable de esa situación es esa jurisdicción que se encarga de las reclamaciones de daños, de impagos o de cantidades, entre comunidades de propietarios, con créditos bancarios, desahucios, etc..

Para esta sección civil, este año solo se creó una plaza más de juez, que estará operativa en junio, y está en previsión otra más de creación en 2027 y con efectividad un año después. El propio presidente del Tribunal de Instancia de Vigo, Manuel Pereira, consideraba claramente insuficientes esas previsiones ante la situación que atraviesa esta jurisdicción.

Los últimos datos aportados ayer reflejaban al finalizar junio 13.417 demandas pendientes y 21.478 sentencias que, pese a estar resueltas, todavía no se han podido ejecutar. Precisamente es en ejecución donde mayores problemas existen por falta de personal, lo que está obligando a replantear refuerzos.

La estadística, que no incluye el total de asuntos judiciales al excluir contencioso y laboral, sí refleja que en el resto de jurisdicciones se ingresaron en el segundo trimestre del año 6.691 pleitos, de los que 5.524 fueron solo de civil y se resolvieron 6.340 y 5.182 de lo que antes era Primera Instancia.

La tasa de congestión, que debería estar por debajo del 1 para ser óptima, se sitúa en civil en 3,60.

Récord de asuntos en Violencia de género por los delitos sexuales

La nueva oficina judicial no solo ha supuesto una reorganización completa de la Cidade da Xustiza, que todavía sigue manteniendo su antigua señalítica por juzgados, sino una renovación que ha marcado también la carga de asuntos en otras jurisdicciones. La más marcada es la sección de Violencia sobre la Mujer, que tuvo un incremento récord de asuntos en el segundo trimestre de este año, con un 63,8% al llevar con la nueva ley los delitos sexuales, entre otros. Los datos señalan que en solo tres meses, la sección penal de Violencia sobre la Mujer ingresó 488 asuntos más del doble que en el mismo periodo del año anterior.

Las tasas de congestión y pendencia de esta jurisdicción son óptimas al contar ahora con dos secciones de Violencia en lugar de una como había con los antiguos juzgados. Así, la estadística refleja que el incremento de resolución fue superior al 50% respecto al mismo periodo del año pasado con un aumento del 80% en autos dictados. Cada plaza de juez tramitó algo más de doscientos asuntos penales más los civiles, con una cifra muy inferior.

Precisamente, el titular de la sección 1 de Violencia sobre la Mujer será el encargado de llevar el refuerzo de civil en comisión de servicio, una candidatura, la única, que fue aprobada por la sala de gobierno del Tribunal Superior de Xustiza por razones de urgencia en su última reunión de la semana pasada. De esta forma, el magistrado atenderá de forma provisional las dos plazas hasta que haya otro juez de adscripción territorial.

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