Afectados por el Marisquiño ven una segunda oportunidad al reabrir el caso
La Audiencia estima los recursos de apelación de los representantes de varios heridos en el derrumbe de la estructura de hormigón de As Avenidas
La reapertura del caso del accidente de O Marisquiño en 2018 es “una segunda oportunidad para que escuchen a los afectados”. Francisco Méndez, abogado de tres de los heridos que recurrieron el archivo valora positivamente la decisión de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, que ordenó reabrir el caso al entender que la resolución del Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo en la que se decretaba el sobreseimiento provisional del mismo no estaba “suficientemente motivada”, es decir, que no explicaba el sentido de la resolución de forma que la parte que quisiera recurrirla estaría en situación de indefensión por desconocimiento de las razones tenidas en cuenta para resolverlo de esa manera.
“Nosotros alegamos la falta de motivación, ellos habían solicitado una nueva valoración por parte del médico forense a los efectos de que se determinaran las afecciones psicológicas que sufrieron por el accidente”, asegura Méndez. Si bien reconoce que “el juzgado puede dictar una resolución desestimando nuevamente recurso, pero motivándolo”, también ve una oportunidad de que también pueda “estimar nuestra petición y que se reabra el procedimiento”.
Además, añade que la falta de motivación también pretendía que el juzgado se pronuncie sobre el posible culpable y responsable penal del accidente. “La resolución dice que los hechos no son suficientemente graves para considerarlos delito, pero nosotros entendemos que le corresponde al Juzgado al menos decir o apuntar hacia algunos de los agentes intervinientes en el evento”, afirma Méndez.
En su recurso, los heridos alegaron que, aun cuando no existiese normativa específica sobre la falta de cuidado y mantenimiento, “el sentido común y normas generales sobre mantenimiento de cualquier propiedad, instalación o construcción son suficientes para entender que existió una imprudencia grave”. También criticaban que no se valoraron ni se tuvieron en cuenta las dos sentencias del TSXG sobre el asunto que apuntaban a la responsabilidad del Ayuntamiento en el mantenimiento de la estructura de hormigón.
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