Menstruación incapacitante, dolencia que ya permitía la baja

La baja laboral por menstruación incapacitante estaría limitada en el tiempo, siempre que no exista una enfermedad base

S.M.V.

Publicado: 20 may 2022 - 23:56 Actualizado: 21 may 2022 - 01:15

Algunos pacientes esperando en el centro de salud de Coia.
Algunos pacientes esperando en el centro de salud de Coia.

La aprobación de la ley de reforma que contempla cambios en el aborto y la baja por menstruación está causando controversia y provocando diversas opiniones, sin embargo, esta nueva reforma no se diferenciaría tanto de la realidad, puesto que médicos de atención primaria ya pueden dar la baja a mujeres con dolencia por menstruación que incapacite y no permita desarrollar con normalidad su trabajo.

Tal y como aseguraba el médico y secretario nacional del CIG-Saúde, Manuel González, la baja por menstruación ya se puede contemplar siempre que haya un diagnóstico previo que incapacite a la paciente y no le permita desempeñar su trabajo con total normalidad, además considera que “no debería haber debate sobre el tema” pues se trata de una incapacitación como otras que ya se puede contemplar, sin embargo, esta reforma en lo único que cambiaría la situación actual sería en la prestación económica que, tal y como afirmaba González, “garantizaría el pago de la prestación desde el primer día”.

La duración de esta incapacitación no está determinada; sin embargo, González aseguraba que “como es lógico en estos casos, se trataría de un proceso limitado en el tiempo, a no ser que haya una patología o enfermedad base estudiada y validada que provoque que se alargue en el tiempo”.

Algunos expertos reconocen que se trata de un dolor que se puede asemejar al de una apendicitis o un cálculo renal algo que justificaría la afirmación del doctor González sobre ser un ‘debate ilógico’.

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