El juez consolida a la Xunta en la titularidad de la presa de Eiras
Rechaza todas las demandas del Concello y señala en un fallo del Contencioso que las competencias son autonómicas
El juzgado de lo Contencioso número 1 de Santiago desestimó en su totalidad el recurso presentado por el Concello de Vigo contra la entidad Augas de Galicia, departamento de la Consellería de Infraestructuras, y ratificó la plena competencia de la presa de Eiras por la Comunidad Autónoma, rechazado las demandas del ayuntamiento al respecto. El contencioso se planteaba formalmente contra la modificación de las normas de explotación de Eiras. La sentencia no es firme y el Concello presentará con total seguridad recurso, así que el pleito continuará adelante. En todo caso, el juez de Contencioso compostelano descarta todos los argumentos en contra del contrato de mantenimiento de la Xunta y certifica al mismo tiempo que es la Administración gallega la responsable de la seguridad del embalse y que la modificación de las normas de explotación nombrando nuevo director de explotación y modificando el organigrama es, por tanto, correcta.
Con todo, lo más llamativo es lo que se refiere a la titularidad de la instalación hidráulica, asumiendo la posición que mantiene la Xunta en todos los contenciosos y descartando las reclamaciones del ayuntamiento vigués, quien cuestiona la titularidad de la instalación hidráulica, inaugurada en marzo de 1977 a iniciativa del entonces alcalde Joaquín García Picher, aunque financiada por el Gobierno e inaugurada por el entonces ministro y luego presidente Leopoldo Calvo Sotelo. Dice el fallo que el titular es el Estado, que la Xunta se subrogó en su posición y que es responsable de su seguridad. De forma expresa señala el fallo que “una cosa es la titularidad de la presa y la competencia para velar por la correcta explotación y mantenimiento, que le corresponde a la Administración autonómica" y otra “las infraestructuras auxiliares y complementarias, que consisten en un canal que sirve para traer agua de la citada presa y conducirla hasta una estación potabilizadora donde se procede a su distribución a través de la red abastecimiento municipal”.
Zanja la sentencia del Juzgado de lo Contencioso 1 de Santiago que dichas competencias sobre la infraestructura auxiliar le corresponde “efectivamente al Concello de Vigo, pero no las relativas a la presa de Eiras en sí misma, pues tales competencias le corresponden a la Administración autonómica”. En definitiva, que el Concello solo tiene atribuciones sobre el canal municipal que parte de la presa y sobre la gestión del abastecimiento.
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