Jubilados vigueses reclaman el plus por brecha de género

El último fallo del Tribunal de Justicia de la UE que elimina los requisitos adicionales a los hombres para solicitar el complemento prevé un nuevo aluvión de demandas

El abogado vigués José Antonio Fernández-Armada Zunzunegui explica los plazos y requisitos para solicitar el complemento.
El abogado vigués José Antonio Fernández-Armada Zunzunegui explica los plazos y requisitos para solicitar el complemento.

El antiguo complemento de maternidad introducido en 2016 para reconocer la contribución demográfica de las mujeres, su transformación posterior en complemento para la reducción de brecha de género y las posteriores sentencias europeas y del Supremo que igualaban ese derecho también al hombre al considerarlo discriminatorio provocaron un aluvión de demandas de jubilados que, en los juzgados de Vigo llegó a materializarse en una media de cerca de un centenar al mes.

El efecto de las reclamaciones llegó a compararse con lo que ocurrió con las cláusulas suelo o las demandas por los gastos de hipoteca. Aunque el número se ha ido reduciendo en los dos últimos años al reconocer el derecho la Seguridad Social y evitar los pleitos, y, después incluso de que un caso de Vigo ganara en la justicia el derecho de uno de los reclamantes al cobro de 1.800 euros por daños y perjuicios, la nueva jurisprudencia amenaza con una nueva escalada de peticiones a la Seguridad Social que, de poner pegas, acabarán por vía judicial.

El elevado número de casos registrados en el juzgado desde 2021 hace que todavía parte de ellos sigan resolviéndose en la actualidad.

En lo que va de año, el Tribunal Superior de Xustiza ya ha dictado más de un centenar de resoluciones por recursos interpuestos por la Seguridad Social contra sentencias de los juzgados de lo Social de reclamaciones de jubilados, la inmensa mayoría hombres, a los que se les denegó este complemento por determinados requisitos, prescripción o por no aplicar la retroactividad.

El último fallo del Tribunal de Justicia Europeo de mayo pasado tumbó los requisitos adicionales exigidos por la Ley de la Seguridad Social para los hombres que hayan tenido uno o más hijos para reconocido el complemento de pensión, mientras que el Supremo ha establecido una unificación de doctrina en el que determina que este nuevo complemento para la brecha de género debe ser satisfecho a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres.

“El complemento aún es objeto de debate jurídico y político”

“Aunque es pronto para establecer estadísticas, la sensación general es que la Seguridad Social está concediendo el complemento a quien cumple los requisitos”, señala el abogado vigués y profesor asociado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y del Trabajo de la UVigo, José Antonio Fernández-Armada Zunzunegui. El letrado incide que en que, sin embargo, si la Seguridad Social, que tiene un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar la concesión del complemento desde la fecha de presentación de solicitud, lo deniega, el solicitante “puede y debe acudir al juzgado de lo Social para reclamarlo judicialmente”.

Con la situación actual tras la sentencia europea, Fernández-Armada, que no descarta un aluvión de reclamaciones, explica quién tiene derecho a percibir este complemento, que aunque beneficia mayoritariamente a mujeres, no es exclusivo de este género, sino que también beneficia a los hombres y "se establecen unos requisitos como ser beneficiarios de una pensión contributiva ya sea jubilación, incapacidad permanente o viudedad, concedida a partir del 4 de febrero de 2021; además no se puede estar en situación de jubilación parcial; se deben tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil y solo lo podrá percibir uno de los dos progenitores".

Según asegura, a día de hoy “el complemento sigue siendo objeto de debate jurídico y político y, mientras los tribunales afinan su aplicación, el Gobierno busca consolidar un sistema que equilibre la igualdad de trato con la justicia social".

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