Despachos de Mercantil prevén más costes para empresas con la mediación
Los abogados ya venían introduciendo en los contratos claúsulas con medios de solución alternativa de conflictos
La nueva obligación de negociar antes de llegar al juzgado cumple un mes. La primera consecuencia es que los juzgados de Vigo han tenido una avalancha de demandas antes del 1 de abril, en los civiles un 29% más, para esquivar la norma. Los despachos vigueses especializados en Mercantil coinciden en que las empresas deberán soportar más costes, al menos al principio.
Francisco Cabarcos, de Garrigues en Vigo, explica que la Ley de Eficiencia Procesal “ha introducido un cambio de paradigma del sistema de justicia, al establecer la necesidad de acudir a un Mecanismo Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de iniciar procedimientos judiciales en materias civiles y mercantiles, salvo excepciones puntuales”. Considera que “la finalidad es loable, pues pretende promover una cultura de resolución dialogada de los conflictos, que pueda contribuir a descongestionar los juzgados. No obstante, también plantea desafíos: requiere una transformación cultural y un adecuado asesoramiento”.
Añade que “a corto plazo, podría implicar un coste adicional para la empresa, tanto económico como en tiempo, especialmente si la mediación o cualquier otro MASC no prospera" y se termina en juicio. Pero a medio y largo plazo, opina que “puede generar importantes ahorros”.
Entre los abogados es famoso el dicho de que “es mejor un mal acuerdo que un buen juicio”, y en este sentido, Francisco Cabarcos precisa que “siempre tratamos de alcanzarlo para evitar un procedimiento judicial”. En este sentido, “en la redacción de contratos ya veníamos introduciendo cláusulas con medios de solución de conflictos alternativos”.
Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC), además de la mediación, son la conciliación privada, oferta confidencial vinculante, informe de una persona experta, el derecho colaborativo o la justicia restaurativa.
Mercedes Bedoya Jiménez, abogada en litigación y arbitraje de Ceca Magán, opina que “nos obliga a adoptar un nuevo enfoque de los conflictos entre empresas y a adelantarnos incluso a su surgimiento mediante la incorporación, por ejemplo, de cláusulas contractuales que determinen, de forma consensuada, el medio al que acudir para intentar resolver el conflicto”.
Explica que “en el momento en que se plantea una acción judicial, el conflicto ya se encuentra muy enquistado, y la mayoría de las veces el cliente, o incluso los abogados, han intentado ya alcanzar algún tipo de acuerdo que ha resultado infructuoso. Por este motivo, habrá muchas ocasiones en que este medio alternativo de resolución de conflictos que se nos impone tenga como único resultado una mayor demora en la vía de solución”.
Sobre los costes, apunta que “los abogados estamos tendiendo a adaptar los honorarios, aunque si el mecanismo elegido implica la intervención de un tercero (notario o experto) inevitablemente el coste va a ser mayor”.
A juicio de Javier González, socio de Lener en Vigo, el mayor coste “depende del tipo de MASC al que acudan las partes, pues ya era práctica habitual intentar una negociación entre las partes con carácter previo a la vía judicial. En el caso de que se acuda a la mediación, sí que creemos que conllevará un mayor coste, siempre y cuando no finalice con acuerdo”. Opina que solucionar un conflicto sin juicio es “siempre un éxito” y la mediación puede ayudar “no solo a resolver conflictos pasados, sino evitar otros futuros”.
La Asociación de Derecho Colaborativo teme inseguridad jurídica
Ana Sarabia está al frente de Agadeco, Asociación Gallega de Derecho Colaborativo, y observa que podría producirse “inseguridad jurídica”. Se basa en que “es obligatorio tener un certificado de que has intentado esa negociación, requisito de procedibilidad. Si no lo tienes, el juzgado no te admite la demanda. Pero la ley no dice cómo tiene que ser ese certificado y en cada decanato no es igual”. Para esta experta en mediación, el legislador “se inspiró en el derecho anglosajón y copiaron una medida pero sólo lo bonito, sin medir las consecuencias”. A su juicio “habrá más pleitos y más retrasos judiciales”.
Antonio Viñal, CEO AVCO Legal: “Aparte de alargar los procedimientos, supondrá unos costes”
Antonio Viñal pronto cumplirá cuatro décadas de experiencia en el mundo legal. AVCO tiene oficinas en Madrid, Vigo, Lisboa, Milán y Kuala Lumpur.
¿Cómo analiza la obligación de mediación para las empresas?
Antes existían, como recursos voluntarios, tanto la mediación como la conciliación, pero ahora se han convertido en obligatorios, integrándose en el conjunto de medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC). Ello trae consigo la necesidad de redefinir la estrategia legal más adecuada y, en consecuencia, de elegir el medio que sea más apropiado en cada caso. Con imposición legal o sin ella, el profesional del derecho está siempre obligado a intentar la conciliación y a asesorar al cliente sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo o de acudir a medios de resolución alternativa.
¿Cree que supondrá un mayor coste?
Aparte de alargar los procedimientos, sobre todo si termina el proceso sin acuerdo, supondrá desde luego unos costes que las partes tendrán que asumir y que dependerán de la cuantía económica de la disputa. Estos costes, en particular cuando la mediación se lleve a cabo a través de una institución especializada en la materia, comportarán derechos de admisión, gestión y administración, así como honorarios de los profesionales mediadores.
¿Ya tienen experiencia en la mediación empresarial?
El ejercicio del derecho por un profesional comprende siempre, en un primer momento, como parte importante de ese ejercicio, una labor de mediación entre las partes con objeto de evitar el recurso a la vía judicial. Por ello, la adquisición de experiencia en la mediación entre empresas -y particulares- es consustancial a dicho ejercicio, siempre que este se haga de conformidad con los principios deontológicos de una conducta profesional integra, honrada, leal, veraz y diligente, como suele ser lo habitual.
¿En qué sectores o tipo de litigios es más eficaz?
Los MASC, y entre ellos la mediación, están pensados para todo tipo de conflictos civiles y mercantiles, incluidos transfronterizos, ya estén relacionados con contratos, sociedades o inversiones, por citar los más frecuentes. Hay, sin embargo, determinados asuntos en los que no cabe acudir a los MASC.
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