Condena a Carrefour en Vigo por los intereses de una de sus tarjetas
Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo ha condenado a Servicios Financieros Carrefour a devolver a un cliente 2.884 euros y a dejar de reclamarle 1.409, que tenía pendientes, por una Tarjeta Pass “revolving” al entender que falta transparencia en la cláusula referente a los intereses.
El cliente interpuso una demanda de reclamación en un contrato de tarjeta de crédito suscrito en 2012 entre ambas partes en el cual se establecieron los intereses que consideraban usurarios y de otras cláusulas de demora y comisión de carácter abusivo. El fallo del juzgado no considera que dichos intereses fueran usura atendiendo a las tablas del Banco de España del tipo medio aplicable que se situaba en el 20% TAE en ese momento y señala que el contrato suscrito solo excedía en dos puntos la media aplicada. Sin embargo, si entiende que el acuerdo no supera los requisitos mínimos de transparencia.
En concreto, señala que “nos encontramos con un contrato de adhesión cuyas cláusulas no fueron negociadas individualmente con el demandante el cual tiene la consideración de consumidor o usuario resultando de aplicación, por lo tanto, toda la normativa de protección de consumidores así como de la jurisprudencia nacional y comunitaria”.
La demanda del usuario, representando por la abogada Lía Fragueiro, prospera por este aspecto. El juzgado sostiene que “la mención al tipo de interés remuneratorio se contiene en una cláusula estereotipada, ubicada después del reglamento de la Tarjeta de Crédito Citi Visa/Master Card, bajo la rúbrica anexo y en la que s relacionan los distintos tipos de interés en función de la operación de que se trate, sin posibilidad alguna de discusión. Así, declara la nulidad de las estipulaciones contenidas en el contrato de la tarjeta de crédito suscrito entre las partes en lo referente a intereses remuneratorios, de demora y comisiones y condena a la entidad a devolver las cantidades abonadas por dichas cláusulas.
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