Autorizan las visitas al perro a un divorciado con orden de alejamiento

La audiencia admite el recurso contra el fallo del juzgado de violencia que le otorgó la custodia a la mujer sin visitas

La sección sexta admite el recurso contra la resolución del Juzgado de Violencia sobre la Mujer
La sección sexta admite el recurso contra la resolución del Juzgado de Violencia sobre la Mujer

La sección sexta de la Audiencia en Vigo ha autorizado a un vigués las visitas a su perro, después de que el Juzgado de Violencia de Género resolviera respecto a las medidas del divorcio atribuir la custodia del animal a la mujer sin régimen de visitas alguno para él, dejando los gastos para ella, entre otras medidas adoptadas dentro de la disolución del matrimonio.

El tribunal admitió el recurso en el que el hombre pedía que se le concediera la oportunidad de ver al animal los fines de semana alternos desde las 20,00 horas del viernes a las 20,00 horas del domingo realizando las entregas y recogidas a través de un familiar, ya que, según recoge el fallo, existe una orden de alejamiento entre los excónyuges.

La mujer solicitó el día de la vista la guardia y custodia exclusiva de la mascota sin derecho a visitas alegando que el régimen que se estaba desarrollando generaba problemas. El juez de Violencia sobre la Mujer basó su decisión en que el perro es de la hija común de la pareja, que la documentación está a nombre de la madre y que no se pusieron de manifiesto circunstancias que justificaran que esas visitas fueran benficiosas para las partes y para el animal.

La Audiencia sostiene, en cambio, que el derecho de visitas no puede basarse en la titularidad, sino en el hecho de que durante la convivencia todo apunta a que él se ocupó con responsabilidad y afecto del cuidado de la mascota y se generó un vínculo afectivo, y, prueba de ello es que a raíz de la separación ambos continuaron disfrutando de su mutua compañía los fines de semana alternos sin objeción de la mujer.

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