Audasa pleitea con sus usuarios por los daños de los accidentes a la AP-9
Autopista
Las demandas por diferencias con los seguros de los vehículos en la valoración de los perjuicios ocasionados, cada vez más frecuentes en los juzgados de Vigo
La indemnización por daños en un accidente de tráfico no solo se refieren a los causados a personas o a otros vehículos sino también los provocados en la propia carretera, tanto en el asfalto, señalizaciones, vallas, medianeras… De hecho, los seguros cuentan en sus coberturas con estos pagos, que pueden llegar a ser objeto de litigio con los titulares de las carreteras, no solo las de administraciones públicas sino la de empresas privadas como el caso de Audasa.
La concesionaria de la AP-9, la autopista con peaje que une Vigo con el norte de Galicia, mantiene varios pleitos en los juzgados por diferencias de valoración de los costes con las propias aseguradoras, un tipo de demandas que cada vez es más frecuente por parte de los titulares de las vías, según fuentes jurídicas.
Cristina Devesa, directora jurídica de Confía, especialistas en accidentes de tráfico, explica que “la compañía de seguros responde por los daños, pero hay que tener en cuenta las variables". Asegura que sí se dan casos en los que los titulares de las vías pleitean, pero también los contrarios, cuando el estado de la carretera, y más en una en una autopista de peaje donde existe el deber de conservar la vía, puede influir directamente en el siniestro y, por tanto, se les puede reclamar por su responsabilidad en el siniestro.
Una de las demandas que interpuso Audasa y que fue tumbada recientemente en primera instancia se refería a la reclamación de daños derivados de un siniestro ocurrido en 2022 en la autopista en Vigo, al volcar sobre la calzada un vehículo. Audasa se presentó judicialmente contra la aseguradora del vehículo siniestrado por el coste de reposición del pavimento (550 metros cuadrados), al haber cuantificado el coste en 14.700 euros, frente a los 9.408 en los que lo valoró la compañía, que aplicó una reducción del 36% al considerar una antigüedad media de la carretera de 9 años y una vida útil estimada de 25. Las pretensiones de la concesionaria fueron desestimadas por un juzgado vigués en un fallo contra el que cabía recurso. Señalaba la empresa que esa depredación del coste no debía llevarse a cabo al haberse repuesto el firme en el año 2019. Sin embargo, la resolución señalaba, basándose en los informes de los peritos, que la reparación reclamada no se hizo sobre el pavimento renovado en ese año, que afectó a 450 metros cuadrados mientras que la realizada a raíz del siniestro era de 550.
Otro accidente que tuvo lugar casi en el mismo tramo un año después se producía precisamente por un impacto contra un elemento suelto en la calzada, un bolardo, que se había desprendido por un siniestro anterior. En ese caso, el coche se dio a la fuga, pero perdió la matrícula, lo que permitió a la concesionaria reclamar por daños. Sin embargo, rechazaba su responsabilidad en el pago del segundo accidente, algo en el que un juzgado vigués le dio la razón, pero que la Audiencia tiró por tierra, recordando las obligaciones de seguridad en la vía y dando la razón a los afectados. Los litigios de tráfico también se extienden a las administraciones. La Dirección General de Carreteras recuerda que el causante de los daños en la vía debe hacerse cargo de las reparaciones.
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