Absuelven a los acusados de una trama como "Las 5 Jotas"

SUCESOS

El Juzgado de lo Penal 2 de Vigo exculpa a cinco empresarios del sector de la madera de fraude fiscal al no quedar acreditada la falsedad de las facturas emitidas

Publicado: 19 oct 2022 - 23:55 Actualizado: 20 oct 2022 - 09:17
El juicio se celebró en julio pasado en el Juzgado de lo Penal 2 de Vigo.
El juicio se celebró en julio pasado en el Juzgado de lo Penal 2 de Vigo.

La conocida como supuesta “trama de la madera”, una causa judicial sobre cinco empresarios acusados de defraudar a Hacienda con el mismo “modus operandi” que en el caso de “Las 5 Jotas” se ha ido desinflando hasta acabar con una sentencia absolutoria que descarta el fraude.

El Juzgado de lo Penal 2 de Vigo ha eximido a los cinco empresarios del sector a los que el Abogado del Estado sentó en el banquillo, ya que la Fiscalía no acusaba. Se enfrentaban a penas que sumaban en total los 30 años de cárcel (seis para cada uno de ellos) y al pago de 313.000 euros de indemnización.

El fallo coincide con la Fiscalía en que no queda acreditada la falsedad de las facturas emitidas para las deducciones en las declaraciones tributarias presentadas por un aserradero relativas al Impuesto de Sociedades y al IVA del ejercicio correspondiente a 2014.

Como hechos probados, el juzgado recuerda que la causa se inició por una denuncia de la Fiscalía interpuesta en 2017 y que tres años después Instrucción 4 dictó el archivo y sobreseimiento de la causa. Fue recurrido este archivo y la Audiencia acordó continuar el procedimiento por un delito de defraudación tributaria en el caso de los responsables del aserradero y de falsedad documental por parte de los empresarios sobre los que recaían las facturas. Sin embargo, sostiene el fallo que posteroridad al auto de procedimiento, el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) dictó resoluciones respecto de las liquidaciones de las empresas de madera en las que se rectifican las liquidaciones tributarias del IVA y del Impuesto de Sociedades efectuadas de algunos de los investigados inicialmente siendo validada la facturación, lo que supuso el sobreseimiento de la causa para ellos. Son precisamente estas resoluciones el hecho que determina la decisión absolutoria, según afirma la sentencia que añade que “afirman en vía económico-administrativa que no puede tenerse por acreditada la falsedad de las adquisiciones de ciertos preceptores”. Esto, a juicio de la magistrada desautoriza en sede tributaria las conclusiones de la inspección.

Todos los acusados negaron los hechos durante la celebración del juicio, que se celebró en julio pasado, cinco años después de interponerse la denuncia que dio lugar a la investigación que fue archivada y reactivada después de los recursos de la Agencia Tributaria y Fiscalía, que finalmente en el juicio no acusó.

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