Un plan estatal quiere luchar contra el alcohol entre jóvenes
La ministra de Sanidad, Mónica García, recordó que “no existe ninguna dosis buena de alcohol”
El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de la ley de prevención del consumo de alcohol y sus efectos en menores de edad, con el objetivo de retrasar la edad de inicio de su ingesta, proteger de sus consecuencias y aminorar los episodios de consumo intensivo. Tal y como explicó la ministra de Sanidad, Mónica García, “no existe cantidad de consumo del alcohol que no tenga riesgo; no existe la dosis buena de alcohol y mucho menos para los menores”. Además, la ministra incidió en que el consumo precoz “tiene consecuencias en el desarrollo”. “El alcohol es perjudicial para la salud y para el neurodesarrollo de nuestros chavales. Y lo que es evidencia científica, nosotros desde el Ministerio de Sanidad lo hacemos ley”, aseveró García.
La ministra recordó que el inicio del alcohol empieza de media a los 14 años. Además, un 76% de los menores consumieron alcohol en el último año; un 56% en el último mes y un tercio -un 28% de los menores- lo hicieron de manera intensiva. Además, el 92% de los menores dicen que tienen prácticamente un acceso libre al alcohol. “Tenemos cifras que están por encima de los países de nuestro entorno”, advirtió la ministra.
El texto se caracteriza por un “enfoque educativo”, por lo que “no se pone el foco en los menores, sino en las condiciones que ayudan a prevenir el consumo de alcohol”; es decir, en el “entorno”. Según explicó García, el texto reúne “normas que había dispersas y normas que ya hay aplicadas en diferentes CCAA”.
Obligaciones
En el documento se establecen obligaciones para las Administraciones Públicas en materia de educación, sanidad, cultura, deporte, investigación, seguridad vial, ámbito laboral y familiar.
En el ámbito familiar, se implementarán programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores. Se prestará especial atención a familias en riesgo de exclusión social o con menores afectados por el consumo de alcohol
En el ámbito educativo, se publicarán nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado.
En el ámbito sociosanitario, se desarrollarán protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores, incluir registros de consumo de alcohol en la historia clínica, considerar el contexto familiar de menores con problemas, facilitar el acceso al tratamiento a aquellos que presenten un consumo problemático o adicción, etc.
En lo que respecta al ámbito urbanístico, para valorar la adopción de limitaciones a la apertura o instalación de establecimientos, las Administraciones públicas podrán tener en cuenta los siguientes aspectos: la densidad o concentración de puntos de venta minorista de bebidas; la existencia y proximidad a los puntos de comercialización minorista de bebidas alcohólicas de centros educativos, de centros de protección social de personas menores de edad, etc.
Tras su aprobación por el Consejo de Ministros, Sanidad publicará el texto del anteproyecto de ley para su trámite de audiencia e información pública. Después, el texto volverá a la mesa del Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley e iniciar su tramitación parlamentaria.
Limitaciones en la exposición y la publicidad de las bebidas
La exposición y acceso a las bebidas alcohólicas en los autoservicios deberá limitarse a un espacio concreto, dentro del local y separado del resto de productos destinados a menores. En aquellos dedicados a la venta de productos para personas menores de edad, no podrán venderse bebidas alcohólicas ni productos que los imiten, ni exhibirse. Asimismo, se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad, y dentro de la publicidad no se podrán usar actores menores, o caracterizarlos como menores; tampoco mujeres en estado de gestación, aunque hayan prestado su consentimiento, o la imagen de un feto. Respecto al lenguaje, no se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de los menores, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual. Tampoco se podrán utilizar términos ambiguos como “consumo responsable” o “moderado”. Además de la prohibición en los lugares donde no se puede consumir alcohol, tampoco se podrá emplazar publicidad en la vía pública. Sí podrá permitirse la publicidad, limitada al nombre comercial, denominación social y marcas o símbolos identificativos de las empresas productoras, en un perímetro que diste de 200 metros de los accesos a zonas frecuentadas por personas menores, tales como los centros de educación (todos, desde infantil, primaria, FP…), centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.
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