El Gobierno ultima el decreto que acabará con la FP online
Exigirá un mínimo de presencialidad para las formaciones que sean virtuales o semipresenciales
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes prevé aprobar antes de final de año el real decreto de garantía de calidad de los centros privados del Sistema de Formación Profesional que establece, entre otros requisitos, un porcentaje mínimo de presencialidad para la FP virtual y semipresencialidad, así como un número mínimo de alumnos por profesor.
Así lo avanzó ayer la ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Milagros Tolón, en rueda de prensa en el Ministerio antes de presidir la Conferencia Sectorial de FP para trabajadores.
Con este nuevo decreto, Tolón destacó que refuerzan “la calidad” de la FP virtual y semipresencial “con la presencialidad que ahora no existe”.
De este modo, detalló que en la formación virtual se exigirán entre un 15% y un 39% de presencialidad obligatoria, además de la formación en empresas; y en la formación semipresencial entre un 40% y un 60% de presencialidad lectiva.
En cuanto a la ratio exigida para la Formación Profesional online, el real decreto establece para el curso 2028/2029 un máximo de 80 alumnos por profesor; en el curso 2029/2030 un máximo de 65 alumnos por profesor; y un máximo de 50 alumnos por profesor en el curso 2030/2031, que es el objetivo final, y de 25 alumnos en las actividades presenciales.
Las actividades lectivas presenciales en la modalidad virtual se dedicarán, al menos, a la realización de pruebas presenciales que garanticen el logro de los resultados de aprendizaje; y al desarrollo de actividades lectivas presenciales necesarias para la adquisición, desarrollo y comprobación de determinados resultados de aprendizaje de la oferta, de acuerdo con las condiciones de calidad establecidas en el currículo o programa formativo correspondiente.
Cuatro años de adaptación
Los centros de Formación Profesional que estén ya integrados en el sistema educativo a la entrada en vigor del real decreto dispondrán de cuatro años para adecuarse a las condiciones básicas y requisitos mínimos establecidos en la nueva norma.
El nuevo real decreto, que inició ayer su trámite de audiencia pública, establece unos requisitos básicos comunes para los centros de Formación Profesional en todo el país. “Este proyecto no va contra la FP privada, al contrario, va a reforzar la calidad de los centros privados”, aseguró Tolón. La ministra subrayó que los centros “van a tener que contar con recursos suficientes, con instalaciones adecuadas y con un sistema de gestión que tenga calidad”, así como contar con una propuesta formativa “suficientemente sólida y coherente”.
Para ello, los centros podrán ofrecer un itinerario vertical completo dentro de una misma familia profesional, impartiendo los distintos grados que se extienden en ella. De esta forma, los alumnos podrán avanzar desde un grado básico a un grado medio y a un grado superior.
Por otro lado, los centros podrán optar por una oferta horizontal, impartiendo ciclos de distintas familias profesionales, lo que permite al alumnado una formación “mucho más amplia”, según precisó Tolón.
Los centros deberán acreditar acuerdos para realizar prácticas
Con la entrada en vigor del decreto, los centros de Formación Profesional deberán acreditar desde el principio que disponen de acuerdos con empresas u organismos públicos en las que su alumnado pueda realizar las prácticas.
En este sentido, el documento apunta que los centros deberán acreditar una relación “suficiente, estable y adecuada” con empresas u organismos equiparados para cumplir con los porcentajes de estancia en empresa establecidos por la ley de Formación Profesional (entre 25% y el 50% según la modalidad). Una novedad que establece el texto propuesto es que lo centros deberán acreditar el cumplimiento de estos requisitos cada cuatro años. En caso de incumplimiento, la autorización podrá ser revocada. En ese supuesto, el alumnado matriculado en el centro afectado deberá ser reubicado para asegurar la continuidad de su formación
Precisamente, el proyecto de real decreto que el Gobierno confía en aprobar fija que la extinción o revocación de la autorización de los centros que no cumplan con los requisitos establecidos “no podrá producir perjuicio al alumnado matriculado”.
Información al alumnado
Así, la administración competente deberá velar porque se adopten las medidas necesarias para garantizar la información al alumnado, la continuidad de su formación, el adecuado desarrollo de las actividades formativas hasta su finalización, la evaluación correspondiente y, en su caso, la reubicación del alumnado y el traslado de sus expedientes.
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