El cambio de sexo será posible sin informe ni prueba médica

El Consejo de Ministros aprueba la ley que permite la autodeterminación del sexo de una persona

Agencias
Publicado: 29 jun 2021 - 03:55 Actualizado: 30 jun 2021 - 07:01
Participantes en la marcha convocada ayer por la plataforma Orgullo Crítico en Madrid.
Participantes en la marcha convocada ayer por la plataforma Orgullo Crítico en Madrid.

El Gobierno aprobará hoy en el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, por la que se permite modificar el nombre y sexo de las personas trans en el Registro Civil a partir de los 14 años. La negociación comenzó el pasado marzo, cuando el Ministerio de Igualdad publicó el texto que redactaron con el objetivo de dejar de considerar “enfermas” a las personas del colectivo y eliminar los dos años de tratamiento hormonal. No obstante la ley nace con pegas por parte del PSOE y colectivos trans.

La clave de la norma presentada por el equipo de Irene Montero que este cambio en el Registro Civil se podía realizar con el único deseo expreso de la persona interesa en realizar esta modificación, medida que no gustó al PSOE. La vicepresidenta del Ejecutivo, Carmen Calvo, explicó que se debe a un tema de inseguridad jurídica.

Los socialistas argumentan que la autodeterminación de género “desdibuja a las mujeres como sujeto político y jurídico”. “Me preocupa la idea de pensar que se elige el género sin más que la mera voluntad”, señaló Calvo en una entrevista. La vicepresidenta encabeza las principales críticas hacia esta norma, a la vez que defendió la ley de Igualdad de Trato que impulsa su partido.

A la vez que el tira y afloja entre el PSOE y el Ministerio de Igualdad continuaba, las organizaciones trans comenzaron una huelga de hambre para que el texto fuera tramitado en el Congreso. Este objetivo se consiguió en mayo, pero la abstención del PSOE junto a la oposición de Vox y PP impidió el apoyo mayoritario. Tras un mes de negociaciones, se llegó a un acuerdo, pero haciendo mención al sexo y no al género de la persona.

Proceso en el Registro

El proceso inicia con la comparecencia de la persona interesada en el Registro Civil, de forma presencial u online, donde presentará su manifestación de disconformidad con su sexo de nacimiento y una solicitud de rectificación. El documento debe incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo que la persona quiera conservar el que ostente y esto no choque con la regulación relativa a la libre elección del nombre propio.

En ese momento, la persona encargada en el Registro Civil deberá informar a la solicitante de las consecuencias jurídicas y de la existencia de las de medidas de apoyo y protección contra la discriminación. Para los menores entre 14 y 18 años, se debe tener en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor, y facilitar la información sobre las consecuencias jurídicas en un lenguaje claro y accesible.

Máximo cuatro meses

El trámite tendrá una duración máxima de cuatro meses. En ellos, la persona solicitante debe ratificar su decisión y en máximo un mes se dictará la resolución. La misma ley incluye medidas otras medidas, como garantizar los derechos de las personas intersexuales o prohibir las terapias de reconversión. Sin embargo, la ley choca con los intereses de las organizaciones trans, que entienden que deja de lado a los menores de 14 años y al colectivo de no binarios.

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