Las bebidas azucaradas y la bollería, fuera de las escuelas

Los centros educativos tendrán que eliminarlas de máquinas expendedoras y cafeterías desde el jueves

Las mesas listas con las bandejas en el comedor del CEIP Juan Ramón Jiménez, de Sevilla.
Las mesas listas con las bandejas en el comedor del CEIP Juan Ramón Jiménez, de Sevilla. | EP

Los colegios e institutos, tanto públicos como concertados y privados, tendrán que eliminar desde este jueves las bebidas azucaradas y la bollería de las máquinas expendedoras y cafeterías, con la entrada en vigor del Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, publicado en el BOE el 16 de abril de 2025.

La norma fija criterios estrictos para la venta de alimentos en centros educativos, estableciendo que los productos no podrán superar las 200 kilocalorías y que “solo el 10% de estas podrán proceder de grasas saturadas o de azúcares añadidos o libres”. Además, prohíbe la venta de productos envasados con más de 15 mg/100 ml de cafeína y elimina la publicidad de alimentos en las instalaciones escolares.

El decreto también regula la ubicación de las máquinas expendedoras, que no podrán situarse en zonas accesibles para alumnado de infantil y primaria, y obliga a reforzar el acceso al agua potable gratuita mediante fuentes o jarras en los comedores, salvo problemas técnicos de suministro.

En cuanto a la oferta alimentaria, se priorizan productos como frutas, verduras, legumbres, cereales integrales y frutos secos, así como alimentos típicos de la dieta mediterránea. También se contempla un consumo moderado de proteínas de origen animal como pescado, huevos, lácteos y carnes preferentemente blancas.

Los menús escolares deberán seguir una planificación semanal concreta: hortalizas y legumbres como primeros platos una o dos veces, pasta y arroz una vez, pescado hasta tres veces por semana, huevos una o dos y carne un máximo de tres raciones semanales, con límites específicos para carnes rojas y procesadas.

En los acompañamientos, se establecen ensaladas varias veces por semana y se restringen las patatas fritas a una o dos ocasiones. En los postres, la fruta deberá estar presente de forma mayoritaria, entre cuatro y cinco veces por semana, y se limitan otros productos como yogures o lácteos sin azúcar añadido a una sola vez semanal.

Además, se restringen las frituras a un máximo de una ración por semana y los platos precocinados como croquetas, empanadillas o pizzas a una vez al mes. El agua pasa a ser la única bebida habitual en los centros educativos, consolidando un modelo de alimentación más saludable en el entorno escolar.

El decreto también contempla la adaptación progresiva de los contratos de suministro de alimentos en los centros educativos, con un plazo de hasta 24 meses para ajustar completamente algunos criterios. Asimismo, se prevé reforzar la supervisión del cumplimiento de la norma por parte de las administraciones educativas competentes.

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